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168 ALEJANDRO DE VILLALMONTE A juicio nuestro, tanto el argumento de Escritura, como el razo­ namiento teológico a favor de la tesis del p. or., han entrado en situación de crisis radical e irreversible: el «dogma eclesiástico» del p. or. no puede ser presentado ya como doctrina bíblica, en sentido propio. Ni puede ser mantenido, sin violencia, dentro del contexto o analogía de otras verdades más básicas del cristianismo. Por consi­ guiente, vista la controversia sobre el p. or. desde la altura en que se encuentra al entrar el año 1980, nos parece que todo el complejo de afirmaciones que integran este polifacético dogma (o, si alguien pre­ fiere ya, esta teoría ), cae o se mantiene según la interpretación que se dé al decreto tridentino «de peccato originali». En este momento de la controversia queremos colocar nuestra pregunta: ¿qué es lo que, con toda seguridad, "enseña” el concilio de Trento sobre el pecado original? Porque, aquello que, de verdad, «enseña» hay que mante­ nerlo perennemente; pero, aquello que no consta que sea «enseñado», debe dejarse perder sin miedo y sin nostalgia; habida cuenta del estado crítico en que se encuentra dicha creencia tradicional, como resultado de treinta años de controversia *. El primer paso hacia una respuesta satisfactoria lo damos infor­ mando al lector menos enterado sobre la situación en que se encuentra, ahora mismo, la discusión sobre el pensamiento de Trento (abreviamos, 77.), en referencia a este «dogma»2. Lo haremos en forma sucinta, para pasar luego a exponer nuestra opinión personal al respecto. 1. Recientemente hemos estudiado toda la problemática actual referente al p. or.: A. de V illa lm o n te , El pecado original. Veinticinco años de controver­ sia: 1950-1975, Salamanca 1978. Por haber tratado con amplitud y abundante documentación el problema en sus más varios aspectos, esta obra nos va a servir de base documental para las afirmaciones que, sobre el p. or., en general, hacemos en este estudio. Así evitaremos el ser reiterativos y haremos más ágil nuestra exposición. 2. A lo largo de nuestra exposición usamos la palabra «dogma» (dogmático- dogmatizar) entrecomillada, cuando la tomamos en su acepción premoderna, la que fue usual en lenguaje teológico y eclesiástico en general hasta los tiempos del concilio Tridentino inclusive. Esta acepción era más flexible, menos rígida y fuerte que la lograda por la misma palabra dogma-dogmático-dogmatizar en el lenguaje de la teología neoescolástica, sobre todo desde mediados del siglo xix hasta hoy. Significado más riguroso y técnico que recoge el Vaticano I (DS 3021) y el CIC 1323, § 1; a tenor de los cuales la teología neoescolástica llama dogma a la verdad de fe divina y católica solemnemente definida. Más adelante se aclarará la distinción de ambos conceptos.

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