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E L PECADO ORIGINAL. 61 a) La interpretación filológica : Consistirá en determinar «el sentido gra­ matical y lógico de los cánones tridentinos sobre el pecado original [160], Sintetizando su exposición encuentran que las varias afirmaciones pertene­ cen a diversos niveles y tiene por ello diverso valor. «El nivel más profundo, a nuestro juicio, es el cristológico »: la salvación incluso para aquellos que no pecaron personalmente, se obtiene sólo por Jesucristo... El segundo nivel, estrechamente unido al primero, es el eclesiológico-sacramental. La obra salvadora de Cristo se lleva a cabo por medio de la Iglesia, que admi­ nistra el sacramento del bautismo... El tercer nivel, antropológico (señala la condición del hombre sin Cristo, muerte-dolor-pecado; y con Cristo, amis­ tad con Dios)... «El cuarto nivel, etiológico, contiene la explicación de la miseria humana, que tiene su origen, según la narración del Génesis, en la trasgresión de Adán en el paraíso» [165]. b) La interpretación histórica : Tiene la finalidad de reconstruir el pen­ samiento de los autores del decreto en su propio marco histórico. Para ello interesa contemplar los «errores» que ellos tenían a la vista: la identificación, por parte de Lutero, del pecado original con la concupiscencia que permanece en los bautizados. Por ello se insiste en la eficacia real de este sacramento. También se ha de atender al ambiente neo-pelagiano real, aunque difuso, en que se movían. No necesitamos detenernos en este aspecto, que nos es harto conocido [165-85]. c) La interpretación dogmática-. ¿Qué es lo que, para la teología de hoy, quiere decir todavía el Tridentino? Pregunta que surge después de conocer las enormes dificultades, ya estudiadas, que la formulación tridentina ofrece a la cultura, filosofía, exégesis de hoy. En este momento, los aa. aplican al caso de Trento algunos de los ha­ llazgos de la nueva filosofía del lenguaje. Todo lenguaje, dicen, tiene una doble función básica: asertiva, que afirma un estado de cosas, atribuyendo una propiedad a un objeto, atestigua la conformidad de lo afirmado con la realidad, apela al consentimiento de aquél a quien va dirigido. Y luego la función operativa, que tiende a provocar una situación o efecto en destina­ tario; la locución predominantemente operativa testimonia la intención, la capacidad ejecutiva, eficacia de la locución. Normalmente, toda locución tie­ ne ambas funciones, si bien una predomine, en cada caso, sobre la otra (187 s.]. Los decretos de Trento tienen una función primordialmente operativa. El que no admita lo que ellos dicen queda separado de la Iglesia. Quiere definir la enseñanza de la Iglesia y provocar un asentimiento. Pero junto con esto para la «validez» de los cánones, exigida por la indefectibilidad de la Iglesia, se requiere conformidad de los mismos con la realidad, e. d., ade­ más de la operativa se ha de afirmar la función aservativa de los mismos.

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