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EL MATRIMONIO. 5 2 7 Como provechoso «excurso ecuménico» se puede calificar la intervención de Stéphanos C harai . ambidis , Archimandrita, Vicario General del Arzobis­ pado Ortodoxo griego en Francia y Exarcado del Patriarcado Ecuménico de Constantinopla para España y Portugal. Leyó en francés unas interesantes reflexiones sobre E l m a tr im o n io en la T e o lo g ía d e la O r to d o x ia . En un tras­ fondo pleno de misticismo sano se considera el matrimonio como una ex­ presión privilegiada del misterio de la Trinidad y de Cristo, haciendo coin­ cidir la venida del Reino con la madurez perfecta del amor conyugal en un solo ser, una rea lid a d n u e v a que anticipa, en una experiencia vivida bajo el signo de la Cruz y Resurrección de Cristo, la gloria del Reino. De ahí que el matrimonio cristiano tiene que ser ú n ic o p o r su m ism a ese n cia , como mis­ terio que hace entrar en el amor eterno. En el sacramento del matrimonio Cristo restaura la sana polaridad de lo masculino y lo femenino, le devuelve la paz paradisíaca por el gran amor que circula entre El y su Iglesia, entre El y la tierra deificada por la Eucaristía. La Eucaristía es norma de eclesia- Iidad y tiene que serlo del matrimonio, al que sitúa en la plenitud de la vida del Cuerpo de Cristo, la Iglesia, sin lo cual no sería sacramento. Por esto la Iglesia Ortodoxa liga la celebración del matrimonio a la Divina Li­ turgia. Así se transfigura el «eros» haciéndose amor casto en la integridad del ser que, en aventura fascinante, toca lo celestial no sólo en metáfora poética sino en realidad ontològica. En esta mística se justifica la norma oriental de que un casado sea admi­ tido al sacerdocio, aunque en él se hace exigencia formal el ideal de la mo­ nogamia absoluta. Se reconoce una gradación de valores religiosos entre los sacramentos del matrimonio y del orden, y es la excelencia de éste último la que fundamentaría la severa prohibición del matrimonio después de la ordenación. Especialmente interesante para el tema de la Semana fue la reflexión sobre el divorcio y las segundas nupcias, incluso las contraídas después de la muerte del otro cónyuge. Hay que enfocarlo todo, o como condescenden­ cia, después que se vivió el único matrimonio plenamente auténtico (caso de segundas nupcias), o como búsqueda de la realidad única del matrimonio cristiano que no se logró vivir en un marco defectuoso (en los demás casos de divorcio). No cabría hablar, pues, de divorcio eclesiástico o religioso. El divorcio puede ser una secuela de la existencia terrestre del cristiano y habría que considerarlo más como debilidad perteneciente al to d a v ía n o del Reino escatològico que como derecho constitutivo en la vida de la Iglesia. Además, frente a una tolerancia justificada no hay que olvidar que la indulgencia no es la única virtud pastoral. Y la responsabilidad profètica del pastor tiene 6. Excurso ecuménico

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