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30G SATURNINO ARA iglesia local, aunque escapen al control económico administrativo de los ór­ ganos de la Curia Episcopal. 2. Vertiente de la vida religiosa: valoración por parte de los religiosos de su ser de consagrados y deseo de aportar las peculiaridades de su carisma y obras específicas a la iglesia local, también en el caso concreto de acepta­ ción de la cura parroquial. b) Prescripciones económicas : 1. Vertiente jerárquica', retribución per­ sonal a los religiosos con cura parroquial e inclusión de los mismos en los beneficios de la previsión social existente en la diócesis, al igual que los demás sacerdotes del clero secular; exigencias respecto de los religiosos con cura parroquial de una aportación igual que el clero secular, a las Cajas de Compensación y Jubilación y construcción de templos, detraída de la retri­ bución personal y de los ingresos estrictamente parroquiales; respeto a la administración interna de los Institutos religiosos. 2. Vertiente de la vida religiosa: reconocimiento agradecido hacia la igle­ sia local por la retribución de su ministerio parroquial y aceptación ejemplar y gozosa de los sistemas de socialización de bienes, Cajas de Compensación y Jubilación, y contribución a la construcción de templos, aportando, al menos, los porcentajes correspondientes a la cuantía de los ingresos perso­ nales e ingresos estrictamente parroquiales. Creemos haber indicado los mínimos. Quedan posibilidades a los Ins­ titutos religiosos que aceptan la cura parroquial para arbitrar otras fórmulas más acordes con su carisma y su empeño de vivir la libertad evangélica fren­ te a la retribución económica6S. Podrían, por ejemplo, los Institutos reli­ giosos encargarse de los sectores descristianizados en las zonas periféricas de las grandes ciudades para construir una comunidad cristiana, y entregar lue­ go, ésta y el templo parroquial, si lo hubiera, al clero secular m. Cada Ins­ tituto religioso cuenta con amplio campo para evidenciar su sentido de Igle­ sia y forma o modo de ser religioso. 68 . Opinamos que una renuncia por parte de los religiosos con cura parroquial a la remuneración correspondiente, no sería ni aconsejable, ni ejemplar, ni viable en momen­ tos en los que nos adentramos por el camino de la comunicación de bienes como posible solución a problemas varios y, entre ellos, al de previsión social del clero y religiosos. Las repercusiones de esa renuncia sobre la vida religiosa sería una cuestión a estudiar y solucionar por cada Instituto pero con creatividad innovadora y, si se quiere, revolu­ cionaria. La vida religiosa está necesitada de «revoluciones». No nos disgusta una posi­ ble socialización de los bienes de los religiosos con los bienes de la iglesia local, a estilo alemán, y con la consiguiente consecuencia de retribución a todo sacerdote, asistencia a ancianos, etc. San Francisco puso su fuerza de reforma en el apoyo en la Jerarquía y su adhesión a la Iglesia... 69. Así lo pedía el Cardenal-Arzobispo de Madrid, Vicente Enrique y Tarancón, y para su diócesis, en un encuentro, celebrado en Madrid, con la Unión Regional de Su­ periores Mayores.

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