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30G SATURNINO ARA iglesia local, aunque escapen al control económico administrativo de los ór ganos de la Curia Episcopal. 2. Vertiente de la vida religiosa: valoración por parte de los religiosos de su ser de consagrados y deseo de aportar las peculiaridades de su carisma y obras específicas a la iglesia local, también en el caso concreto de acepta ción de la cura parroquial. b) Prescripciones económicas : 1. Vertiente jerárquica', retribución per sonal a los religiosos con cura parroquial e inclusión de los mismos en los beneficios de la previsión social existente en la diócesis, al igual que los demás sacerdotes del clero secular; exigencias respecto de los religiosos con cura parroquial de una aportación igual que el clero secular, a las Cajas de Compensación y Jubilación y construcción de templos, detraída de la retri bución personal y de los ingresos estrictamente parroquiales; respeto a la administración interna de los Institutos religiosos. 2. Vertiente de la vida religiosa: reconocimiento agradecido hacia la igle sia local por la retribución de su ministerio parroquial y aceptación ejemplar y gozosa de los sistemas de socialización de bienes, Cajas de Compensación y Jubilación, y contribución a la construcción de templos, aportando, al menos, los porcentajes correspondientes a la cuantía de los ingresos perso nales e ingresos estrictamente parroquiales. Creemos haber indicado los mínimos. Quedan posibilidades a los Ins titutos religiosos que aceptan la cura parroquial para arbitrar otras fórmulas más acordes con su carisma y su empeño de vivir la libertad evangélica fren te a la retribución económica6S. Podrían, por ejemplo, los Institutos reli giosos encargarse de los sectores descristianizados en las zonas periféricas de las grandes ciudades para construir una comunidad cristiana, y entregar lue go, ésta y el templo parroquial, si lo hubiera, al clero secular m. Cada Ins tituto religioso cuenta con amplio campo para evidenciar su sentido de Igle sia y forma o modo de ser religioso. 68 . Opinamos que una renuncia por parte de los religiosos con cura parroquial a la remuneración correspondiente, no sería ni aconsejable, ni ejemplar, ni viable en momen tos en los que nos adentramos por el camino de la comunicación de bienes como posible solución a problemas varios y, entre ellos, al de previsión social del clero y religiosos. Las repercusiones de esa renuncia sobre la vida religiosa sería una cuestión a estudiar y solucionar por cada Instituto pero con creatividad innovadora y, si se quiere, revolu cionaria. La vida religiosa está necesitada de «revoluciones». No nos disgusta una posi ble socialización de los bienes de los religiosos con los bienes de la iglesia local, a estilo alemán, y con la consiguiente consecuencia de retribución a todo sacerdote, asistencia a ancianos, etc. San Francisco puso su fuerza de reforma en el apoyo en la Jerarquía y su adhesión a la Iglesia... 69. Así lo pedía el Cardenal-Arzobispo de Madrid, Vicente Enrique y Tarancón, y para su diócesis, en un encuentro, celebrado en Madrid, con la Unión Regional de Su periores Mayores.
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