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E L PECADO ORIGINAL. 241 algunas explicaciones teológicas del pecado original podrían ofrecer cierta base para una comparación entre el pecado original de la teología y la moder na idea de la «culpa colectiva». Son aquellas teorías que intentan explicar la voluntariedad del pecado original mediante la inclusión de las voluntades humanas todas en la de Adán: inclusión física-moral-jurídica. Sin embargo, la opinión más corriente habla de que el pecado originante es voluntario en la voluntad personal de Adán (en cuanto pecado originante); pero que en cada uno de los hombres es más bien un estado de privación de la gracia re sultante de la voluntaria pérdida de la misma por obra de Adán. Presupone la conocida doctrina del pecado original como «pecado de la naturaleza» (peccatum naturae) y no como pecado de la persona. Finalmente, hay que insistir en el carácter analógico de la palabra «pecado», aplicada al pecado personal y al pecado original; así como en el carácter de misterio ; y en el hecho de que sólo en una economía de salvación sobrenatural es compren sible 32. Si se quiere comparar la figura de la «culpa colectiva» con el pecado original, hay que comenzar por determinar qué significa la fórmula «culpabilidad colec tiva». Juristas, psicólogos, sociólogos, filólogos y moralistas se esforzaban estos años por perfilar esta figura tan vagarosa, como «la suma de muchas omisiones personales, en cuanto estas contribuían a formar una opinión pública pasiva que todo lo recibía sin protesta y sin oposición, cuando, a base del derecho natural o de una ley divina positiva deberían haberse opuesto»33. Dejando aparte otras consideraciones un moralista cristiano no deja de ver aquí una despersonalización y peligrosa masificación del concepto de pecado, al hacer desaparecer la persona en la colectividad o masa. Y también el peligro de retroceder a formas primiti vas, tribales, de moralidad y derecho. Por lo que se refiere al carácter de culpa específico de esta «culpa colectiva» lo fijaban en el hecho de que «trasgresión ha sido realizada sin conocimiento ni voluntad, sin acto personal, sólo por el hecho de pertenecer a una determinada comunidad o grupo declarado culpable. Sin em bargo, tan culpable sería el hombre en un caso como en el otro, y tan sujeto a castigo y reparación»34. Cómo puede alguien ser tachado de culpable sin colabo ración personal en el hecho malo, es cosa que no se aclara en esta teoría. Comparando esta figura de «pecado colectivo» con el «pecado original» las diferencias saltan a la vista. Difieren, en primer término, en cuanto a la voluntariedad con que se comete la falta: el pecado original se mueve siem pre en un plano sobrenatural, no está sujeto a la experiencia; supone el pe cado personal pleno de un hombre y se propaga a todos sin ellos colaborar; 32. L. c., 41-50, expone la doctrina católica sobre el pecado original, insistiendo en qué sentido es culpa en todos y cada uno. 33. L. c„ 50. 34. L. c., 61. Sobre la «culpa colectiva» como tipo de culpa específico ver allí pp. 50-61. «En última instancia no habría fundamento para hablar de la culpa colectiva como de un tipo específico de culpa», 64 nota 53.
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