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E L PECADO ORIGINAL. 227 El Magisterio oficial de la Iglesia, su enseñanza sobre el pecado original también fue objeto de algunos estudios que merecen ser mencionados. F. Floéri estudia la relación del Papa Zósimo con la enseñanza agustinia- na sobre el pecado original y también su actitud frente a los cánones del concilio de Cartago. El papa Zósimo, el año 417, no encuentra motivo, dice Floéri, para condenar a Pelagio y Celestio. Sin embargo, en 418, en su carta Tractoria lo condena. ¿Cómo explicar esta evolución? Aparecen ciertas di ferencias entre la carta Tractoria y los cánones del concilio de Cartago, por lo cual el Papa habría sido más bien reticente respecto a la enseñanza con ciliar y agustiniana. E l concilio de Cartago insiste, contra Pelagio, en que el bautismo se administra «para remisión de los pecados», porque los niños tienen algo que «expiar». Zósimo habla de la necesidad del bautismo, pero sin mencionar el «pecado» ni la «expiación» en los niños. E l papa Inocencio I habría también condenado a Celestio-Pelagio porque negaban la necesidad del bautismo en los niños para la vida eterna, pero sin mencionar la cuestión de pecado-expiación en ellos. Zósimo estaría en esta línea. E l año 418 el emperador Teodosio condena al destierro a Pelagio y Celestio. Esto habría inclinado a Zósimo a condenarlos también, pero en forma no tan clara como hubieran querido los defensores del agustinismo. Como conclusión importante para la teología se propone la interrogante: en qué sentido y amplitud Zósimo habrá confirmado al Concilio de Cartago en el punto concreto de su enseñanza sobre el pecado original en los niños. Varios historiadores hablan de una aprobación papal sin restricciones. Floéri concede que Zósimo haya condenado a Celestio; pero «también es cierto que el Papa se cuida bien de hablar de la exigencia de pecado en los niños y que evita las fórmulas de Cartago en este sentido. No hay que pretender, pues, que el Papa Zósimo haya aprobado íntegramente la doctrina del con cilio de Cartago»33. Salta a la vista la importancia de la cuestión, ya que el concilio de Cartago, fiel reflejo de la doctrina agustiniana, ha dado la pauta para la enseñanza de Trento y éste, a su vez, es el principal baluarte de la doctrina tradicional hasta nuestros días. Sin hacer aplicación concreta a la enseñanza tridentina sobre el pecado original, A . Lang estudia la cuestión general del significado de los conceptos theologorum de B. V. Mariae Conceptiotie tempore Concilii Basileetisis, Romae 1954, espec. 31-59, 62-102. 33. F. F lo é r i, La Pape Zosime et la doctrine augustimenne du pécbé originel, 761. Ver 755-61. C .— El pecado original en el Magisterio de la Iglesia.
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