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FUNCION DE LA IGLESIA.. 101 II LO QUE SÍ PUEDE LA IGLESIA Puede, en primer lugar, salvando lo preceptuado por Cristo, ordenar el rito en los sacramentos, de modo que todo se haga convenientemente según las personas, tiempos y lugares. El rito esencial de un sacramento convenien temente se encuadra en un marco de ritos accesorios, que sirven para pre parar o dar realce al rito esencial. Pero este poder de ordenar los ritos sacramentales no es, propiamente hablando, un ejercicio de la función santificadora de la Iglesia; es más bien un ejercicio de la potestad de régimen, en cuya virtud ordena la Iglesia el culto que tributa a Dios y los actos religiosos de la comunidad. La Iglesia puede también, en lo que tienen los sacramentos de actos sociales, actuar como moderadora de esta sociedad eclesial y poner condi ciones de valor, como vemos que lo hace en un sacramento de carácter social tan marcado, como es el matrimonio. Pero, ¿podrá la Iglesia cambiar o acomodar el mismo signo sacramental? Ya hemos visto cómo se dividen las opiniones de los teólogos. Y pensamos que no será fácil, por solas razones teóricas y a priori, dar una respuesta defi nitiva y satisfactoria. Más viable sería, a nuestro juicio, examinar la conducta práctica de la Iglesia en la historia. Si en algunos casos ha cambiado, para toda la Iglesia y no solamente en alguna región, el signo de un sacramento, será señal de que lo puede hacer. Porque, tratándose de un «hecho dogmático», no es concebible que toda la Iglesia sea inducida a error, y por la misma Iglesia; o que la Iglesia falsee la doctrina de Cristo en lo tocante a estos instrumentos de salud. Cambios que parecen introducidos por la Iglesia Cambio sería, por ejemplo, que en la confirmación se haya introducido un rito de unción (la crismación) que acompaña a la imposición de mano. Pero lo que es claro para muchos: que esto sea una novedad introducida por la Iglesia, puesto que no consta por la Escritura, para otros no es tan claro por el solo argumento de silencio en la Biblia, puesto que hay muchas tradiciones en la Iglesia que vienen de los apóstoles, y ya decía San Agustín que «aquellas cosas que no están escritas, pero que guardamos porque nos las han transmitido y que se observan en todo el orbe, se puede entender que han sido encomendadas o establecidas, bien por los mismos apóstoles, bien por los concilios plenarios, cuya autoridad es en la Iglesia saludabilísima» 17. 17. Epist. H (¡anuario) 1, 1: CSEL 34, 2, 159; PL 33, 200.
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