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408 LOREN ZO F E R N A N D E Z LO P EZ designios, Próspero insistirá en la «praescientia», concepto que no compromete en absoluto. «Praescientia» es simplemente «saber de antemano»; mientras que predestinación es «decidir de antemano en favor del hombre o en su contra». De ahí que San Próspero prefiera lo primero. Evidentemente Dios «praescivit ante saecula quanta totius mundi hominum multitudo ...ingressura esset lati- tudinem erroris et mortis». Por eso «ita semper praecognitum ha- buit quantus piorum numerus per opem gratiae et per servitutem obedientiae ad aeternam beatitudinem pertineret» 53. Es simplemen­ te un saber de lo que ha de ocurrir, no ya un decidir lo que deberá suceder a cada hombre. De esta forma se conjugan la voluntad sal- vífica universal de Dios y el indiscutible libre albedrío de cada hombre. Además de cargar el acento en la praescientia, y distinguir en­ tre los que se salvarán y los que se condenarán, San Próspero echa mano de otra sutileza, con la cual está seguro de haber controlado y encontrado una fórmula incuestionable. El problema que preten­ de resolver es el de conjugar la voluntad salvífica universal, cuya eficacia salvadora debería traducirse en la salvación de todos de hecho, y la realidad, bien distinta del número de los condenados. De una parte es Dios quien salva siempre, de otra el hombre, libre, se condena. Una de dos, o no es eficaz la gracia de la llamada uni­ versal o Dios elige de una forma arbitraria a quienes quiere. Cualquiera de los dos extremos parecen inadmisibles por repug­ nar a la omnipotencia divina el primero, y a su bondad infinita el segundo. De ahí que trate de conjugar las dificultades, diciendo: «Ipse (se. Deus) est, ut apostolus ait, Salvator omnium hominum, máxime fidelium. Quae sententia subtilissimae brevitatis et validis- simi roboris si tranquillitate considerantur intuitu, totam hanc de qua agimus controversiam dirimit» 54. En el fondo está convencido de la tesis agustiniana, en el sen­ tido de que el libre albedrío — tesis semipelagiana— no soluciona el problema de hecho: unos se salvan y otros se condenan: «igitur profunditas illius quaestionis quam secundum admirationem apos- toli impenetrabilem confitemur per liberi arbitrii velle et nolle non solvitur»55. Sin embargo, su distinción entre «omnium» y «fidelium» tam­ poco soluciona gran cosa, pues podríamos volver al punto de par­ 53. PL 51, 715. 54. PL 51, 716; PL 51, 686 . 55. M. C appu yn s, Le premier réprésentant de l'augustinisme medieval , Prosper d'Aquitaine, en Recherches de théologie anciénne et médiévale 1 (1929) 331-333.

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