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378 FR . HRHARD-W . P L A T Z E C K , O .F.M . verdad gnoseológica de las p rem isas del p rim e r silog ismo es m a­ n ifiesta per se o que puede se r demostrada de alguna m ane ra , en­ tonces se entiende que la conclusión del silog ism o p rim e ro es ve r­ dadera. Po r esto m ismo se revela la consecuencia del silog ismo se­ gundo como fa lsa . Consecuentemente una de las p rem isas de este silog ismo segundo debe se r fa lsa también. Me parece que se puede acep tar sin o tra d iscusión la verdad de la p rem isa p rim e ra del se­ gundo silog ism o : «Aquello que no puede pensarse como no-ente, es m ayo r que lo que puede pensarse como no ente» 22. E s ta p rem i­ sa nos parece tan verdadera que la declaram os, según el modo de h ab la r de los e sco lástico s, como axioma, o sea, como propositio per se nota. S i es así so lamente la p rem isa segunda del segundo silog ism o : «No vale la sentencia de que D ios [cu y a existencia se p resupone] es aquello que no puede pensarse como no-ente», debe se r fa lsa . S i es fa lsa , la sentencia con trad icto riam en te opuesta, o sea la p roposición «Vale que D ios [cu y a existen cia se presupone] es aquello que no puede pensarse como no-ente», es verdadera . Aho ra según la ley d is trib u tiv a silog ística , que A ristó te le s ya empleaba p rácticam en te en la reducción (de los modos esco lásti­ camente llam ados Baroco y Bocardo ) ad impossibile 23 y que A. Men- ne in tro du jo en la deducción de los silog ismos 24, nos es líc ito tran s­ fo rm a r el silog ismo segundo po r el camb io de posición entre la pre­ m isa segunda y la conclusión y la abo lición sim u ltánea de la ne­ gación en ambas proposiciones. De este modo logramos un silo ­ gismo tercero al cual damos en seguida la fo rm a de una demons­ trado veritatis d iciendo : Silogismo (demostrativo) tercero: Y a que (! ) aquello que no puede pensarse como no-ente, es ma­ yo r que cu a lq u ie r o tra cosa que pueda pensarse como no-ente, y puesto que —(según la consecuencia del p rim e r silog ismo reco­ nocido verdadero por noso tros)— D ios [cu y a existen cia se p resu­ pone] es m ayo r que cu a lq u ie r otra cosa que pueda pensarse tam­ bién como no-ente, entonces D ios [cu ya existencia se presupone] es aquello que no ( ! ) puede pensarse como nc-ente. E s ta ú ltim a aserción conclu siva re su lta conceptualmente equi­ valente a la consecuencia anse lm iana, según la in te rp re tación de 22. Aquí no puede tratarse, sino de algo que realm ente no es un ser dado. 23. A r is t ó t e le s , Anal. pr. II, c . 12-13. 24. A. M e n n e , Einführung in clie Logik, Bern-M ünchen 1966, 93-94.

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