PS_NyG_1976v023n003p0343_0369
362 JO S E IG N A C IO SARANYANA dicadores tienen la vista fija en Cristo venido en carne, como el fundamento de toda la fe cristiana ...»68. 6 . C risto , cum b re de la h isto ria Glosando el texto de San Pablo (Gal 4, 4 ss.), comenta el Se ráfico: «Acerca del tiempo de la Encarnación se ha de admitir, que si bien pudo encarnarse desde un principio, no obstante no quiso hacerlo hasta el fin de los siglos, habiéndolo precedido la ley natural y la ley de las figuras, después de los Patriarcas y de los Profetas...; después de estos, se dignó encarnarse al fin de los tiempos y en cumplimiento del tiempo...»69. La Encarnación, pues, se produce en el tercer tiempo (según el esquema ternario), es decir, inaugurando la ley de la gracia. Este acontecimiento tiene lugar, además al fin de los tiempos, expresión que debe entenderse en el contexto del «Breviloquio», no que la Encarnación acabe la historia, sino que expresa su plenitud; por que, según el aforismo agustiniano, la sexta edad (la de Cristo y última etapa), corre con la séptima e incoa la octava, que es el r e d itu s 10; por tanto, no es acabamiento o fin estricto. Plenitud de los tiempos significa madurez, porque, «de tal manera debió Dios preparar al género humano, que hallase la salvación el que quisie re encontrar al Salvador, mas el que no quisiera encontrarle no la hallase»71. Y, además, convenía que el hombre la desease muy ar dientemente, para así valorarla más. Pero también, plenitud de los tiempos dice la idea de coronación o acabamiento perfecto, porque la integridad y perfección del universo exige que todo esté encua drado en su lugar y tiempo. «Ahora bien, como la obra de la Encarnación era la más perfecta de todas las obras divinas y el proceso debe ser de lo imperfecto a lo perfecto, y no a la inversa, de aquí que la Encamación debió realizarse al fin de los tiempos, a fin de que así como el primer hombre, que 68 . Christus, unus omnium Magister, n. 5: Q. V , 568 b. 69. «De tem pore vero incarnation is hoc tenendum est, quod, licet Deus a prin cipio potuerit in carn ari, noluit tam en nisi in fine saeculorum , praecedente a lege naturae et lege figurae, p ost P atriarch as et P ro p h etas... Post quos in carn ari digna- tus est tanquam in fine tem porum et plenitudine...» ( Brev., p. 4, c. 4: 0 . V , 244 a). 70. C f. Brev., prol., § 2: Q. V , 203 b; Brev., p. 6 , c. 3: Q. V , 267 a; In Hexaém., X V , 18: Q. V , 400 b. 71. Brev., p. 4, c. 4: Q. V , 244 b.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz