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EL AMOR A DIOS, FIN NATURAL DEL HOMBRE. 2 6 3 naturalmente ama más el bien común del todo que su particular bien prop io... Por tanto, esto se verifica mucho más en la amistad de caridad que se funda en la comunicación de los dones de gra­ c ia ...» (S . Th. II-II, 26, 3). Podemos, pues, hablar del amor a Dios de orden natural, com o específicamente distinto del amor a Dios sobrenatural que es la caridad, y que se funda en la comunicación de los dones sobrena­ turales. El P. Ramírez lo ha visto también (o. c., lib. III, 2.a p. s. 1, c. 4, a. 2, s. 2, B, tomo 4, 48). Ello no implica naturalismo alguno, sino el redescubrimiento de algo esencial a la filosofía del hombre: el acto humano en que consiste esencialmente su fin na­ tural. EL AMOR A DIOS, ACTO DE RELIGION Los tratadistas no suelen incluir el amor a Dios entre los actos de la virtud de la religión, parte potencial de la «justicia», cuyo ob je to, según el Doctor Angélico, es «dar a Dios el honor debido» o «prestar reverencia a Dios com o primer principio de la creación y gobierno de las cosas» (S. Th. II-II, 81, 2 y 3). Siempre se ha venido contraponiendo «justicia» y «caridad», aduciendo que la ca­ ridad implica la noción de amor y que la justicia no la implica, y asignando el amor a Dios únicamente a la virtud teologal de ca­ ridad y excluyéndolo absolutamente de la virtud de religión. Cier­ tamente el plano de una virtud teologal es muy superior al de las virtudes propiamente humanas, y en último término su contrapo­ sición se reduce a la de lo natural y lo sobrenatural. Pero, si com o acabamos de ver, el m ismo Sto. Tomás afirma que hay un amor a Dios basado en la comunicación de los dones de la gracia y otro amor a Dios basado en la comun icación de los de naturaleza (S. Th. II-II, 26, 3), el mismo Doctor Angélico tiene que admitir que hay un amor a Dios distinto del de la virtud teologal de caridad. La cosa es evidente. ¿ Y a qué virtud tendrán que pertenecer en­ tonces los actos de amor a Dios, sino a la virtud de religión, parte potencial de la justicia? Pero el problema hay que en focarlo en la misma virtud de jus­ ticia. Si el orden de la justicia es el orden de la razón en las operaciones de la voluntad en lo que respecta a los demás y el amor es «el primer acto natural de la voluntad» com o afirma To­ más de Aquino (S . Th. I, 20, 1), hay que aceptar que el orden de la justicia es el orden de nuestra razón en nuestro amor a los de­ más. Si es cierto que la definición de la justicia es «dar a otro lo que se le debe según una igualdad», no es menos cierto que

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