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38 JE S U S M . LECEA Las palabras de Cervini pueden incluso interpretarse com o una corrección tácita al silencio conciliar sobre la causalidad de la fe. De ningún modo, por tanto, puede hablarse de oposición a la doc­ trina adoptada en Trento sobre las causas de la justificación. Por otra parte expresar la relación fe-justificación mediante el concepto aristotélico-tomista de causa o principio formal no es ad­ mitir la teoría luterana de la «sola lides». La expresión aparece también en los escritos de Sto. Tomás " 9, pero libre del exclusivis­ mo interpretativo que le dio Lutero. La «fides» tomista es con jun ­ tamente asentimiento a la Verdad de Dios y su salvación, acepta­ ción de los artículos de la fe propuestos por la Iglesia, tendencia hacia el fin último sobrenatural, confianza y amor a Dios, testimo­ nio de vida. Siendo formalmente un «actus intellectus» com prom e­ te de igual m odo la libertad y afectividad humanas; es en conse­ cuencia un planteamiento distinto del de la llamada fe «fiducial». Oponer fe fiducial a fe histórica es algo totalmente ajeno a la mente del Angélico; ello supondría por otra parte suscitar el clásico pro­ blema de la veracidad de una explicación de la realidad que parte de un aspecto parcial de la misma, con ánimo de absolutizarlo, y no llega a una armonización válida de todos los aspectos que inte­ gran dicha realidad. Tomás de Aquino, tres siglos antes de la controversia reformista del siglo xvi, escribe en un contexto ideológico muy distinto, aje­ no a la polémica y a la herejía. Por esta razón la doctrina tomista de la justificación por la fe se presenta más completa y rica en ma­ tices que la formulada por las dos partes comprometidas en la controversia protestante. Aislándonos de la polémica, ¿podem os hoy hablar de acuerdo o desacuerdo? Es difícil y arriesgado establecer una relación de este tipo cuan­ do se parte de presupuestos tan distintos, histórica e ideológica­ mente. La oposición irreconciliable ha sido durante tantos siglos la situación más corriente; no se nos oculta por otro lado que en el momento actual la ley de la alternancia histórica pueda conducir­ nos a un fácil concordismo. Con todo y en este problema concreto, situándonos ya en el marco de la teología actual, creo que puede afirmarse una coincidencia global, si se prescinde de otorgar valor absoluto y exclusivo a aspectos que por ser parciales no encierran más que en parte la verdad total. Por otro lado debe abrirse cami­ n o la aceptación pacífica del pluralismo con el lógico enfrentamien­ to entre apreciaciones parciales de la realidad, sin menoscabar por 119. In Gal. 3, lect. 9, n. 181.

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