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LA F E , C AU S A FORM AL DE LA J U S T IF IC A C IO N . 29 la segunda a la fe. La caridad es «form a» de las virtudes desde la vertiente operativa: ba jo su influjo todas ellas tienden eficazmen­ te a realizar su fin. La fe es igualmente su «form a» desde la vertien­ te directiva. La segunda vertiente no es sin embargo totalmente ajena a la primera: la orientación es para la práctica, la fe es guía de la caridad. Es así com o entendemos la función «práctica» de la f e S4. Ella convierte a la fe en principio formal de todas las virtudes y en causa formal de la justificación, momento donde todas las vir­ tudes comienzan a modelar la existencia del nuevo justificado. 3) La je c om o m o v im ien to hacia la justicia divina , En la Suma teológica Tomás de Aquino adopta un «ordo natu- rae» entre los cuatro elementos de la justificación distinto al que había defendido en obras an teriores85. Ahora el «motus fidei» se coloca en un lugar intermedio entre la «infusio gratiae» y la «re- ceptio gratiae» que supone la remisión de la culpa del pecado. Este cambio sitúa al acto de fe en posición central en el proceso instan­ táneo de la justificación del pecador: la fe es el paso necesario que conduce a la justicia. La corrección de la postura doctrinal anterior obedece a mi m odo de ver a que el Angélico acentúa cada vez más el aspecto dinámico de toda justificación, com o lo demuestra claramente el uso más frecuente de la analogía con el movim iento local de los cuerpos, por encima de la analogía con la generación sustancial. En la Suma teológica el interés recae principalmente sobre el cam­ b io psicológ ico que experimenta el hombre pecador com o efecto de la gracia divina infundida en su alma 86. La transformación del pecador, que es algo más que la mera no-imputación de su pecado, supone un cambio actual de la voluntad humana que acepta a Dios com o fin último de su existir y centro normativo de su conducta. La regeneración interior del hombre mediante la gracia divina no se realiza exclusivamente a nivel óntico, sino que implica también 84. «Fides dirigit intentionem respectu finis ultimi supernaturalis» (II-II, 10, 4 ad 2. Cf. II Sent., 41, 1, 1 ad 4). Es éste el m otivo por el cual Sto. Tomás afirma que no existe virtud allí donde no hay una fe auténtica. Cf. I-II, 63, 2 ad 1; II-II, 4, 7c; 151, 1 ad 3; IV Sent., 39, 2 ad 4; in Jo., 3, lect. 3; in Rom., 14 in fine. 85. Infusio gratiae, motus liberi arbitrii in Deum, motus in peccatum , recep- tio gratiae (I-II, 113, 7-8). En el Comentario a las Sentencias proponía el orden siguiente: Infusio gratiae, rem issio peccati, motus in Deum, motus in peccatum (IV Sent., 17, 1, 4 sol. 2c). Un análisis detallado de las razones del Angélico en uno y otro caso en M. F lick , L'attimo delta giustificazione secondo S. Tommaso, Roma 1947, 104-154. 86 . I-II, 113, 7c; ib., a. 8.

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