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216 GERMAN ZAMORA plan nunca se puso en ejecución, «tam poco se verificó el encargar formalmente al P. Villalpando aquel trabajo». Tal vez ese descubrimiento fue com o una revelación fulgurante para el vanidoso Ministro, y com o una incitación casi obsesiva. Apenas leyó el nuevo informe, escribió, com o antes, de su puño y letra, pero quizás con mayor interés esta vez: «Sépase dónde para esa colección de Estatutos». De esa manera iba a resurgir una antigua aspiración de muchos españoles y, por vías inesperadas, la demanda del Provincial con tra su súbdito estaba a punto de producir efectos muy distintos de los deseados. El 6 de agosto se le notificaba desde la Granja de San Ildefonso al Provincial el «Real agrado» de que Villalpando continuara en pacífica posesión de sus exenciones, «pues si bien es cierto — razo naba el regio documento— que no se le han hecho todos los en cargos que se pensó cuando se comun icó la citada Orden (el 24 de jun io de 1782), también lo es que ha desempeñado a satisfacción de S. M. los que se le han confiado». Y añadía que «podrá llegar el caso, variando las circunstancias de los tiempos turbulentos en que estamos, que se verifique el proyecto principal para el que se contaba con sus luces y aplicación». Advertíasele al Prelado la con fianza del monarca en ver reinar en adelante la m ejor armonía entre superior y súbdito, para que éste pudiera seguir siendo útil al público con sus escritos y dando «honor a su propia Religión». En la misma fecha se despachaba la correspondiente carta a Villalpando. El Rey le instaba a evitar toda nota de inobservancia regular, a fin de impedir «se repitan los recursos que ahora y en diferentes tiempos se han hecho contra V. R.», tanto más lamen tables cuanto que al presente no se hallaba con encomienda del Ministerio entre manos. Le enteraba, además, de que en lo suce sivo percibiría la pensión a través de Gracia y Justicia, ba jo el con cepto de pensión eclesiástica, que habría de compartir con el con vento; y por último, le indicaba que S. M. estaba interesado en saber el paradero de los mencionados Estatutos. No eran, en realidad, esas sino las ideas del valido, reforzadas por el nombre de su Rey. A D. Eugenio de Llaguno y Amírola, que desde el año anterior desempeñaba la Secretaría de Gracia y Justicia, se le anunciaba igualmente la parte que, en lo económ ico, le atañía 107. 107. Su am ig o y p ro te cto r Llaguno y Am írola ascen dió rápidam en te al lado de G od oy . En el AHÑ , sección de E stado y leg. 241, n. 3, se hallan varios d o cu m entos relativos a esos ascen sos. Uno del 17 de n ov iem bre de 1792 acerca de «los Reales D ecretos que nom braban al Duque de la A lcudia P rim er S ecretario
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