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F. DE VILLALPANDO , PROTAGON ISTA. 213 Entre tanto, y quizá de pesadumbre por tan aciago contra tiempo, fue renunciando a los cargos que desempeñaba en su religión, com o el de custod io (1790), e incluso a la voz activa y pasiva en el Capitulo Provincial de 1793, del que se retiró en unión del P. Santander, que concurría por derecho prop io com o Superior que era del convento-colegio de Misioneros de Toro, y del «privilegiado» número uno de la Provincia, el P. Urbano de los Arcos l03. X II Cuando llegaba a su término el proceso inquisitorial, cuya sen tencia de exilio creemos que jamás se llevó a efecto, por la inter vención del Consejo, se vio de pronto en otro pleito ante la pri mera Secretaría de Estado. El motivo no fue sino el que había sido caballo de batalla en torno a su persona dentro y fuera de la Or den desde que unos veinte años atrás le concedieran estatuto es pecial. La pugna por los privilegios y contra los privilegiados del Rey se intensificó en la primera década del reinado de Carlos IV y mandato de D. Manuel Godoy. En el caso de Villalpando se renovó ahora por una incidencia baladí, pero de consecuencias extraordinarias para su vida y obra. Muerto el amanuense que le había ayudado durante cuatro lustros en sus tareas literarias, solicitó otro del Provincial. El vo lumen de las murmuraciones, sin embargo, contra «la pareja», ha bía engrosado de año en año, y tal vez se había dejado la solución al tiempo, esperándose ese momento de la muerte del asistente para acabar con el privilegio sin dar lugar a roces con la autori dad que lo otorgó. Eco de aquella maledicencia, justificado o no, es lo que escribía un no muy bien intencionado testigo: «...hace ya tantos años que el P. Villalpando se sirve de un Donado mozo y rozagante, que le sirve de mayordomo, dispenserò, compañero, y algunas veces se le ha visto ir detrás, com o la c a y o ...» 104. 103. Sus privilegios le provenían del carg o de con fe s o r del Infante D. Luis. P ercibía una p ensión , tenía a su servicio un com p a ñ ero, p odía ir en calesa, etc.; para tranqu ilizar su con cien cia p o r el d isfru te d e un «statu s» d e sco n o cid o en su O rden, o b tu v o un B reve p o n tificio (AH S , G racia y Justicia, leg. 644). 104. Ju lián de Cervera, Informe al Supremo Consejo sobre representaciones y bula del P. Villalpando, APC, 3-15, 1. 4. O tro de los adversarios había in fo r m ad o ya en 1787: «E s cierto que nin guno en esta P rovin cia le haya tenido (c o m p a ñ ero) hasta el D ifin id or V illalp an d o, y el P. U rbano de los A rcos, co n fe so r del S erenísim o In fan te D. Luis, y só lo co n la diferencia que el P. A rcos m antiene a su com p a ñ e ro con el situado que S. M. se d ign ó con ced erle, habiendo antes éste ob te n id o B reve de S. S. para asegurarse en con cien cia, y al del P. Villal-
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