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F. DE VILLALPANDO, PROTAGON ISTA. 211 representado con anticipación a este Ministerio, con cuya aproba­ ción procuraba proceder en todo » l0°. No obstante ese recurso y sus decantados deseos, en el Capítu­ lo celebrado el 12 de octubre del mencionado año fue elegido «Custodio de Provincia» por la de Toledo, si bien se trataba de un cargo más honorífico que de gobierno y que ni siquiera le daba la esperanza de un posible viaje a Roma con participación en el Capítulo General. En su Orden ejerció pequeños y esporádicos empleos en lo su­ cesivo, com o los de examinador de Moral para los conventos de Madrid (1787) y de Teología dogmática (1789), a excepción del oficio de cronista provincial, que obtuvo el 5 de jun io del mismo año com o sucesor del difunto P. Francisco de Ajofrín, y que de­ sempeñaría hasta su muerte, sin que hoy se conserve lo escrito por él en tal empleo. Si en Filosofía discrepaban diametralmente el «enamorado del ergo» (M. Serrano y Sanz) y de la Escolástica que era Francisco de Ajofrín, com o lo probó sin paliativos en su informe contra el texto de Villalpando, y éste mismo, no así en el buen manejo de la pluma, aunque el primero dejó una contribu­ ción manuscrita a la bibliografía castellana mucho más volumi­ nosa que nuestro filósofo. X I Al finalizar el mencionado año vióse envuelto en un enredo que parecía ya olvidado y de cuyas mallas apenas llegaría la muer­ te a tiempo para librarlo. El 19 de diciembre hacía exhumar de los archivos de la Inquisición de Corte el entonces Secretario de la misma y posteriormente su célebre h istoriador D. Juan Antonio Llórente la delación presentada casi diez años antes contra el Cur­ so filosófico de Villalpando. Tratábase de unir el antiguo expe­ diente, aparentemente olvidado, al nuevo que se urdía; entre am­ bos compondrían un largo proceso de quince años, basado en mi­ núsculas acusaciones, y también una de las últimas batallas de aquel «Santo» y moribundo Tribunal. Villalpando intentó eludirlo recurriendo al Rey y al Consejo, 100. AHN , E stad o, leg. 3022, 2. Según este d ocum en to, de 1795, V illalp an d o habría g oza d o p acíficam en te d e tod os sus privilegios sin con tra d icción alguna hasta ese añ o, «pues, aunque la h icieron con tra él en el añ o de 87 tres de los cu atro D efin idores, que en ton ces había en la P rovin cia de Castilla, n o tuvo con secu en cia alguna, p orq u e só lo pretendían que n o debía tener v oz alguna en el C apítu lo».

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