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208 GERMAN ZAMORA ex-provinciales, guardianes y lectores de Teología, para discutir aquellas preeminencias, y otros privilegios reclamados por el Pa­ triarca, com o que tales predicadores quedaran exentos de la auto­ ridad del prelado local, pudieran salir del convento, admitir ser­ mones y cuaresmas por voluntad propia, sin licencia del superior, concurrir a los capítulos provinciales y generales, tener un com ­ pañero perpetuo, quedar dispensados de todos los actos de c o ­ munidad, etc. La Junta se opuso a tales pretensiones, y sólo con­ cedió algunas parcialmente, com o la de elegir compañero sólo «cuando tenga que asistir a la capilla (real) a predicar o a otra función», y aun las pequeñas concesiones que se hacían, eran tildadas de «innovación de no muy buen ejemp lo para los veni­ deros, y de poca edificación para los presentes», aunque se mos­ traba dispuesta a obedecer puntualmente, siempre que S. M. dis­ pusiera otra cosa, y ello «n o sólo por la razón de vasallos»... En cuanto ese acuerdo llegó a oídos de Caudete, que había movilizado sus buenas influencias en la Corte y Patriarcado para obtenerlos, montó en cólera y se tomó por sí el permiso que se le negaba, e injurió a su superior, alegando, con evidente alusión a Villalpando, el gran privilegiado, «que se permitía a otros vivir com o ateístas, y que se faltaba a la obediencia de V. M. y del Ge­ neral». El mismo día representó al Monarca por medio de su Ministro, esforzándose por invalidar la Junta sobre privilegios, acusándola de facciosa, organizada por el Provincial con solos los de su par­ tido, o sin informar previamente a los que no lo fueran. Alguno de éstos, en el seno del prop io Definitorio, unió su queja a la del interesado, indicando que el Provincial había cog ido por sorpresa a tres de los cuatro Definidores, no instruyéndoles, antes de la reunión, del asunto que se iba a tratar: sólo Villalpando lo con o ­ cía, pues «es regular lo tuviese entendido, siendo el principal opo­ sitor que tiene el P. Caudete»98. Se expresaba en esos términos el P. Pablo de Corias, que ya dos días antes de la famosa reunión informaba secretamente al Consejo de su opinión favorable a los privilegios solicitados, aunque en concreto alguno de ellos — ad­ vertía— «es cierto que en esta Provincia no he visto que ninguno lo haya tenido hasta el Difinidor Villalpando, y el P. Urbano de los Arcos, con fesor del serenísimo Infante D. Luis». Se refería al de poder tener compañero, y aprovechaba la oportunidad de despres­ tigiar a su colega revelando al Consejo que la carga de mantener 98. AHS, G racia y Justicia, leg. 644. En él se con serva la corresp on d en cia sob re este su ceso.

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