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RICARDO MARIMON 277 modo alguno controversias filosóficas de las que se han dado en el diálogo o disputa entre las escuelas. Los distintos sistemas los aprue- ba y los alaba en la medida en que concuerdan más con la «revela ción» d ivina en sus elementos fundamentales, aquellos que han si do también revelados por D ios. Pero su juicio se conforma a la «re velación» d iv in a ; no parte de la misma filosofía, como cuando, por ejemplo, un filósofo critica o enjuicia a otro desde su misma razón natural actuada solamente por los elementos de su propio sistema ra cional. Esto serían cuestiones puramente filosóficas. Pío X I I define nuevamente el conjunto de elementos de que no le es lícito apartarse al filósofo cristiano : «Lo que concierne a la na turaleza de nuestro conocimiento y a la propia razón de ve rd ad ; los principios metafísicos y absolutos fundados en la ve rd ad ; un D ios in fin ito , personal, creador de todas las cosas; la naturaleza del hom bre y la inmortalidad del a lm a ; la dignidad de la persona hum ana ; las obligaciones de la ley moral impresa en la naturaleza, que se nos manifiesta e impone» (A A S , 1953 , p. 685 ). Todas estas cosas ningún otro Doctor las ha proouesto con tan ta lucidez, claridad y perfección, tanto en su mutua conexión de par tes como en su conjunción con la fe y en su espléndida coherencia... como Santo Tom ás de Aqu ino , como nuestro predecesor León X I I I esculpió mejor que d ijo ... (A A S , 1953 , p- 685 ). Claramente establece Pío X I I la mayor libertad en «aquellas co sas que pertenecen a la verdad ’ positiva’ por naturaleza, que está to davía en controversia entre los grandes comentadores y discípulos de mejor n o te ... : aquellas de que se disputa si pertenecen a la doctrina del Doctor Angélico o de qué modo hay que inte rp retarlas; . . . las doctrinas anticuadas propias de la ciencia antigua, manca y ayuna de conocimientos físicos, químicos, biológicos, etc». Repite Pío X I I la norma de libertad de Pío X I en la «Studioviim Ducem » (A A S , . 1923 , p. 324 ), y concluye con las siguientes palabras: «Por tanto, a cada profesor le es lícito dentro de los lim ites establecidos que no deben rebasarse, adherirse a alguna de las escuelas que han alcanzado dere cho de ciudadan ía; pero a condicion de que distinga cuidadosamen te entre las verdades que todos han de profesar, y las que son más bien elementos y líneas de una escuela determ inada; y a condición
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