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LUIS BUSQUETS I GRABULOSA 2 5 1 no existe y no se concibe sin su condición y su función de Cabeza del Colegio apostólico A ese respecto es preciso tener en cuenta que el Colegio, en cuan­ to compuesto de muchos, expresa la variedad y universalidad del Pue­ blo de Dios y , en cuanto agrupado bajo una sola Cabeza, la unidad de la grey de Cristo ( L G I I I , 22 ). Se trata de una doble y singular re­ presentación. L a universalidad de la Iglesia aparece en la diversidad de ig lesias: de hecho, uno y diverso es el cuerpo episcopal que inclu ­ ye el Romane Pon tífice ; pero, a la vez, en cada Iglesia particular es­ tá presente la Iglesia un iversal, de tal modo que cada obispo en comunión con la cabeza y el colegio de obispos hace presente a la Iglesia universal en su Iglesia particular sl. Por eso los obispos, si por una parte garantizan la legítima diversidad de sus iglesias particulares, por otra, formando un solo Colegio y participando de la ’comunión jerárquica’ , se hacen garantes de la unidad de la única Iglesia un ive r­ sal, de tal modo que ésta no se vea comprometida por aquélla. De ese modo Papa y Obispos han recibido del Señor la misión de garantizar, cada cual a su manera, la unidad de la Iglesia a la vez que su d ive rsid ad : cada obispo representando a su Iglesia y el Colegio de obispes junto con el Papa, a la Iglesia universal en el vínculo de paz, amor y unidad. Como al poder primacial toca garantizar y promover la unidad de la Iglesia, toca al cuerpo de los obispos salvaguardar su universalidad a base de un legítimo desarrollo de la variedad en la multiplicidad de las Iglesias locales, en y a base de las cuales está cons­ tituida la Iglesia de Cristo una y única. E s aquí donde tiene cabida la teología de la Iglesia particular (cf. L G 111 , 20 ) que ha de ilum inar, por fuerza, la relación primado-episcopado, garantes respectivamen­ te de la unidad y de la diversidad de la Iglesia. Para lograr una mutua cooperación que sea verdaderamente colegial conforme a la estructu­ ra de la Iglesia, de una parte se deberá asegurar la mayor participación posible y efectiva del cuerpo episcopal en el gobierno de la Iglesia y , de otra, se deberá reconocer el libre ejercicio del m inisterio primacial 90. P á r e n t e P., Saggio di una ecclesiologia alia lu ce del V atican o II, Ed. C ittá N u eva, R om a , 1968, p. 60. E n ese se n tid o , c f. N ota explicativa, n 3, d o n d e se d ice qu e de ca e r la p o te s ta d d e l C o le g io , ca e ría p o r lo m is ­ m o la p o te s ta d d e l R om a n o P o n tífice ( ú n ic a in s in u a c ió n d e l C o n cilio f a ­ v o ra b le a la te sis co le g ia l). 91. M o r s d o f , K ., o. c ., 169. P r e cis am e n te a esta p r o b lem á tic a está d e ­ d ic a d o el p r im e r fa s c íc u lo d e la re v is ta “ C o n c ilio ” d e l a ñ o 1972.

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