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LUIS BUSQUETS I GRABULOSA 2 4 7 el peder se posee solo si se ejerce como miembro de esta comunión. Por esto el obispo no puede enseñar y guiar ( L G I I I , 22 ) sino en cuan to partícipe de esta comunión con la cabeza y los miembros de todo el cuerpo episcopal. Quien obrara por su cuenta fuera de esta comu nión, ipso facto dejaría de formar parte del Colegio episcopal. Se de duce, pues, que esa comunión entre el poder de la cabeza y de los de más miembros del cuerpo episcopal fue voluntad misma de C risto . Como dice A . A n tó n : «Esta comunión de los obispos, siendo en sí de naturaleza espiritual e interna, constituye el fundamento de teda otra actividad de los obispos en sus respectivas iglesias locales y en la Iglesia universal. Para que la comunión de los obispos pueda realizarse socialmente en la Iglesia, además de esta base sacramental e interna, se requiere una estructura externa y social, la cual nace mediante la misma incorporación legítima en la comunión de los obis pos, realizada de modo jerárquico por voluntad de Cristo desde el tiempo de los apóstoles» 7\ E l concepto de «comunión jerárquica», que analizaremos en un apartado especial, ayudará a completar, bajo otras luces, todo lo d i cho hasta aquí. Contentémonos, al término de este apartado, con un comentario sucinto de los puntos de esta Nota susceptibles de una mayor controversia 80 y con una breve reseña ind icativa de aquellos que la Constitución no ha querido d irim ir. Respecto al n . 1 de la Nota explicativa praevia, nada hay que re quiera explicación, a no ser en la primera de las dos últimas proposi ciones añadidas por la comisión, a ú ltim a hora, a instancias del Papa. Esa «transmissionem potestatis extraordinariae» va referida a la in falib ilidad personal y a la jurisdicción universal que ciertas concep ciones tardías otorgaron a los Doce. No deja, hoy por hoy, de ser un anacronismo. E n cuanto al último párrafo del n . 2 tan sólo pretende ser una clarificación para quien desee interpretar correctamente unos textos de Pío X I I y Juan X X I I I que, por su redacción, aparecen co 79. A n tó n A., P rimado y colegialidad, o.c., p. 62. 80. M on s. P h ilip s, c o n tr a el p a re c e r d e o tr o s com e n ta r is ta s , ta le s c o m o S ch ille b e e ck x , J o u rn e t, etc., lo s cu a le s o p in a n q u e la N ota es u n a e fe c tiv a r e s tr ic c ió n d e l te x to c o n c ilia r , s o s tie n e que, p o r im p re s io n a n te que p a re z ca , n o a p o rta a l te x to v o ta d o en el C o n cilio n in g ú n e lem e n to n u e v o. C f a.c., p. 70. L o m ism o en o.c., p. 283. A ese re s p e cto , cf. O liv a r e s E., A n á lisis e in terp reta ció n de la “ Nota exp lica tiv a p ra ev ia ’', en “ E st. E cl.” 42 (1967) 183-205.
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