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J . C A L A S A N Z G O M E Z 381 III.—PRINCIPALES DOCUMENTOS LEGISLATIVOS DE LA IGLESIA Mi intento ahora es ofrecer al lector el proceso que lleva desde los primeros tanteos en materia legislativa y parenética hasta el último documento literario. Desde los primeros titubeos de Pío XI hasta la codificación deontológica de la profesión, con la «Miranda prorsus» y el «In fructibus». 1936. Pío XI escribe la encíclica «Vigilanti cura», fechada el 15 de julio. En ella da normas prácticas para que la actividad cinematográfica discurra por cauces éticos. Dice textualmente: «Por ello será necesario que en cada país los obispos creen una Oficina Permanente nacional de revisión que pueda promover la producción de películas buenas, clasificar las otras y hacer llegar ese juicio a los sacerdotes y a los fieles». 1954. Pío XII aprueba el «Estatuto» que le ha sido presentado por el Sustituto de la Secretaría de Estado, Mons. A. Dell’Acqua. Esta aprobación es un paso verdaderamente notable en la historia de los medios de difusión. Indica que la Comisión Pontificia para la Cinematografía, creada en 1948, ha tomado en serio la tarea encomendada. El «Estatuto» consta de ocho artículos y aparece en «Acta Apos- tolicae Sedis», vol. XXXXVI, el 29 de diciembre de 1954. Desde luego, se trata de un documento clásico, con cuya publicación se crea y organiza la Comisión Pontificia para la Cinematografía, la Radio y la Televisión, que sustituye a la Comisión Pontificia para la Cinematografía. La N. C. News Service puntualiza que «no se trata de un orga­ nismo de censura, sino más bien de estudio, información y con­ sulta. Su fin es observar las tendencias de los espectáculos y man­ tener contacto con los organismos nacionales dependientes de la Jerarquía de cada país». «Un organismo de censura es práctica­ mente imposible, pero la Comisión trabaja en estrecho contacto con el episcopado de distintas naciones, recibe información muy diversa y, gracias a esta visión universal, su asesoramiento puede dar magníficos resultados en el ámbito del espectáculo y de las diversiones». 1957. La «Miranda prorsus», fechada el 8 de setiembre, confía a la Comisión Pontificia de Cinematografía, Radio y Televisión la vigilancia fiel de la ejecución de las tareas difusivas. Las tareas

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