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BERN ARD IN O DE ARM ELLADA 167 el sacerdocio ministerial en puntos sancionados por el Magisterio Eclesiástico. Aunque los términos «hiereús», «hieráteuma» (vocablos griegos que responden respectivamente a sacerdote y sacerdocio) no se apli quen en la Sagrada Escritura a los portadores de poderes eclesiás ticos, e independientemente del modo como se contradistinga del sacerdocio común de los fieles, es un hecho dogmático la existencia de un sacerdocio ministerial, instituido por Cristo 5, que se trans mite por el sacramento del orden y que no depende, en consecuen cia, de una deputación de la autoridad natural civil ni de una elección o delegación de los fieles cristianos 6. En contraste con el sacerdocio común este sacerdocio ministe rial u oficial tiene el poder de realizar en nombre de Cristo el sacrificio eucarístico diciendo con eficacia sacramental las palabras de la consagración 7. Le están además reservados otros poderes sacramentales (penitencia, unción de los enfermos) y la represen tación de Cristo frente al pueblo para dirección y multiplicación espiritual de la Iglesia 8. También es punto indiscutido en la teología católica la existen cia de dos expresiones o realizaciones del rango sacerdotal (no juz gamos la teología del diaconado): los que hoy se llaman obispos y los simples sacerdotes 9. Pero, ¿cuál es el alcance, por quiénes y cómo se realiza este ministerio sacerdotal instituido por Cristo y actuante siempre en la Iglesia? Antes del Concilio se habían dado muchas respuestas a estas cuestiones. Mas a pesar de algunos logros en síntesis valiosas y pro fundas, persistía en la teología del sacerdocio la inveterada des orientación radicada en la diversidad de criterios teológico y canó nico. Por una parte se presenta un sacerdocio orientado exclusiva mente al sacrificio eucarístico, disgregándolo así de la plenitud de la potestad ministerial en orden a la salvación y rompiendo la unidad entre el episcopado y el presbiterado. Por otra parte el sacerdocio en plenitud de poder ministerial —que se verifica per se en el episcopado y, dependientemente, en el presbiterado— se orien tó, al ser prevalentemente concebido como jerarquía en el sentido de dignidad, más a una dominación o «exousía» que a un servicio. 5. D enzinger-S ciiü nm etzer (DS) 1752, 1764, 1773. 6. DS 3850. 7. DS 1321, 802, 1764, 1771. 8. DS 1311. 9. DS 1776.
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