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V A L E N T IN MARTINO DE SOTO 11 2) Un decreto de orientaciones generales. Otra de las caracterís ticas es que el decreto se ha querido quedar en el plano teórico de los criterios y orientaciones generales. Otra cosa no hubiera sido posible ni acertada, dada la divereidad de institutos, las diferencias de su gé nero de vida, y sus distintas necesidades. Por lo demás unos criterios demasiado concretos correrían el peligro de una excesiva rigidez geo métrica, a la larga perjudicial. Las intenciones del Concilio van por otro camino, y es por ahí por donde deben venir sus consecuencias y sue frutos. La intención del Concilio no termina en el sentido material de la letra. Propone sencillamente las directrices generales, que deben luego presidir todo un decidido y progresivo trabajo de revisión. Se contenta, digamos, con trazar el camino a seguir, y puntualizar el es píritu que debe animar la renovación; lo demás lo deja a futuras de terminaciones de la autoridad competente y a las iniciativas de cada instituto 31. A este propósito no debemos olvidar que la vida religiosa debe re cuperar la función carismàtica que le corresponde dentro de la Igle sia. Afortunadamente, contra los que querían relegar los carismas a la historia de la Iglesia primitiva, prevaleció en el Concilio la opinión de que el elemento caiismático y profètico era esencial también en la Iglesia actual. Y con sobrada razón se señala la vida religiosa como ex presión primordial de este carácter carismàtico. Un instituto religioso viene a ser un carisma eclesial institucionalizado, capaz de influir en la marcha de la Iglesia de ima manera constante y eficaz. La vida re ligiosa necesita pues tener en la Iglesia cierto margen de holgura y de independencia, por donde pueda irrumpir sin cortapisas el soplo del Espíritu; precisa de fórmulas amplias y suficientemente dúctilee, para poder responder con rapidez y acierto a las exigencias de los tiempos siempre nuevos. No en vano el carisma es por definición inspirador e inquietante; apto también para convulsionar la misma disciplina y vida eclesiásticas. Empuja y actúa generalmente desde abajo, no desde la altura ; si bien es cierto que a la jerarquía eclesiástica le compete la supervisión y dirección de esta vida carismàtica y profètica, como de todas las demás manifestaciones públicas de la vida eclesial 32. El hecho de que, en medio de normas generales, se haya descendi 31. C fr. Perfectae ca.rita.tis, n . 1, p. 703, y el motu. proprio "Eccledae Sanctae”, donde se establece que se convoque a l efecto u n c a p ítu lo g e n eral en el té rm in o de 2 ó 3 años (A A S 58 (1966) 776, n . 3). 32. ¿N o p o d ría a rg ü irse a fa v o r de la exención p a rtie n d o del c a rá c te r c a rism à tic o de los in s titu to s religiosos? P uede leerse con provecho e l tra b a jo del P . E . S c h ille b e e c k y , O . P ., Collaboration des religieux avec l’épiscopat: Vie consacrée 38 (1966) 79 ss.
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