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V A L E N T IN M ARTINO DE SOTO 15 de la Iglesia el que cada instituto tenga su carácter y su fin peculiar» 4S. La Iglesia quiere instituciones con una fuerte individualidad, con una marcada personalidad, que justifique su existencia y garantice la efi­ cacia de su acción. En este clima el decreto: a) Se muestra muy exigente para la fundación de nuevos institu­ tos; «ha de considerarse mucho la necesidad, o a lo menos su grande utilidad y la posibilidad de su desarrollo» 4é. b) Favorece la federación de monasterios autónomos, pertenecien­ tes a la misma familia; «o uniones, si es que sus constituciones y usos son semejantes, y están informados por un mismo espíritu, sobre todo cuando son demasiado pequeños, o asociaciones, si se dedican a obras externas idénticas o semejantes» 47. Queda reflejada en esta última disposición, y reducida a sus justos límites, la petición un tanto radi­ cal de algunas enmiendas, que abogaban por la unificación de todos los institutos en tres o cuatro, según las comunes necesidades de la Iglesia 48. Esta restauración del ser original de los institutos, propugnada por el Concilio, no puede entenderse evidentemente en un sentido mate­ rial de pura repetición. El decreto promueve una restauración formal, que busca la continuidad en el espíritu e intenciones del fundador. Ya en el congreso internacional de los estados de perfección (1957) había quedado como consigna aquello de «hacer lo que harían ahora los fun­ dadores». Y este mismo criterio ha sido ahora adoptado por el Con­ cilio. Para ello la primera legislación, y aun la regla, considerada in­ tangible, no deben ser tomadas como un código jurídico, sino como una «forma de vida», inspiradora de actitudes y opciones evangélicas, en todas las situaciones posibles tanto personales como colectivas. Conservan además los institutos un conjunto de tradiciones, de costumbres y de usos, que les han quedado como resultado de un con­ texto histórico pasado. En todo esto se precisa una nítida y cuidadosa selección, suprimiendo drásticamente «todo lo anticuado» 45. No es a la ligera que el Concilio hable de «sanas» tradiciones; ello hace supo­ ner que las hay no tan sanas, por mucho que ciertos elementos se obs­ tinen en considerar como mejor todo lo heredado. 45. Ibid., n . 2, p . 703. 46. Ibid., n . 19, p . 711. 47. Ibid., n . 22, p . 711. 48. C fr. Io a n n e s B e y e r, S. J., loe. cit., 464 ss. 49. Perfectae caritatis, n . 3, p . 704.

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