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PELAYO DE ZAMAYON 337 Y eso mismo ha de decirse de los mandamientos de la segunda tabla, exceptuando dos casos: El pecado contra naturam (sexto pre cepto) ; no se vé cómo pueda ser dispensado aun en la más arriesgada hipótesis, y el octavo mandamiento. Si se circunscribe a la simple mentira, se trata evidentemente de una injuria humana (segunda tabla); pero si a la mentira se añade el juramento falso, entonces pasa a ser de la primera tabla: Dios sería injuriado como embus tero. Resulta, pues, de todo punto indispensable como aquéllos. «Pe- riurium est ex pleno consensu et contra praeceptum primas tabulae et per consequens immediate avertens a fine ultimo» 74. En esta postrera proposición se expresa el motivo fundamental de cuanto se viene diciendo. Y como eso no se verifica en los demás preceptos, he ahí por qué pueden considerarse como dispensables, teniendo en cuenta la potencia absoluta de Dios. Pero esto merece una explicación algo más amplia. Dios ama necesariamente a sí mismo; sólo a sí mismo. Todo lo demás lo ama libremente. Es por lo mismo absolutamente libre para crear o no. Aun después que ha creado el universo existente, conserva plena libertad para gobernarlo: lo puede todo: su libre omnipotencia no tiene más limitaciones que las impuestas por el principio de no- contradicción : y éste no ha de entenderse como algo existente fuera de El, al estilo de las ideas platónicas y que desde fuera se le im pusiese; no, sino como una exigencia o propiedad de su Ser: la per- fectísima racionabilidad: la identidad entre su esencia necesaria y su inteligencia infinitamente perfecta. Escoto hace bastante hincapié en esta verdad fundamental. Según ella, aun después de haberse decidido a crear al género humano, pudo haber escogido otro orden de cosas.: por ejemplo, una situación en la que el sustento de la vida humana o la satisfacción de las necesidades económicas fuese facilísima por la sobreabundan cia de bienes materiales de todo género y sin necesidad de fatiga por parte del hombre, bien así como disponemos de oxígeno para nuestros pulmones sin necesidad de trabajo. En esa hipótesis la propiedad pri vada, las «divisiones rerum» n o tendrían razón de ser: holgaría el séptimo precepto. Podía asimismo Dios hacer que la reproducción de los hombres no se verificase por reproducción sexual, sino por creación total o al estilo de Adán o de otras formas posibles. En tales casos no tendría lugar el sexto mandamiento; ni la unidad e indisolubilidad del matri monio, que ni existiría siquiera. Algo parecido ha de decirse de los 74. Ox. III, d. 39, q. un., n. 4 (XV, 1004b).
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