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268 L A M IS IO N O L O G IA E N E S P A Ñ A . de poca extensión y, en general, artículos publicados en revistas y que atañen al régimen particular de las misiones. Hemos de citar en primer término en este apartado la obra del P. A. Santos Hernández, S. J .: Derecho misional, Santander 1962, 588 pp. En ella se investiga el derecho misional bajo el punto de vista histórico. También se desarrolla en el aspecto doctrinal y teórico, en orden a los siguientes temas concretos: derecho constitucional de las misiones, organización central, territorial y personal de las mismas, superiores, estado jurídico de los misioneros, sobre todo en orden a los religiosos, clero nativo, misioneros extranjeros, bienes tempora­ les de la misión, etc. Por lo enunciado se podrá comprender fácilmen­ te que, en cuanto a obra de conjunto, es de interés. Por otra parte, así considerada, no tenemos otra alguna en castellano. También queremos mencionar una obra del fallecido ardenal Cons- tantini, que, aunque no propiamente jurídica, tiene su sentido y su importancia, especialmente por lo que a China se refiere. Traducida al castellano, lleva este título: Reforma de las Misiones en el siglo XX, Ed. Fontanella, Barcelona 1962, 354 pp. Aunque a decir verdad no se debe propiamente a la pluma del Cardenal Constantini, está al menos entresacado de sus Memorias. En ella se analizan los métodos misio­ nales seguidos hasta el siglo x x en China particularmente, que juzga del todo contrarios a las directrices de la Iglesia, rechazando de pla­ no lo que él llama feudalismo territorial y abogando en cambio por el clero indígena, episcopado nativo, cristianización de la cultura del país, de las artes, etc., o sea, por los métodos que él llama apostóli­ cos. Los útimos capítulos son como un reflejo de lo que es el arte de la diplomacia de la Iglesia. Nos inclinamos también por anotar en este apartado el libro del P. Pío María de Mondreganes, O. F. M. Cap.: El libro del misionero. Su actuación apostólica, Ed. «Centro de Propaganda», Madrid 1957, 192 pp. Se tocan en él temas de actualidad y de utilidad práctica, en ­ tre otros, lo que es el misionero, las causas y obstáculos de la conver­ sión, el problema de la adaptación y, sobre todo, la constitución de la Iglesia en países de misión, medios de lograrlo, enemigos de la Igle­ sia en su expansión misionera y medios de soslayar este peligro. Tiene, asimismo, relación con la parte jurídica el siguiente opúscu­ lo del P. Cesáreo de Armellada, O. F. M. Cap.: La causa indígena ame­ ricana en las Cortes de Cádiz, Ed. «Cultura Hispánica», Madrid 1960, 112 pp. En él aporta datos interesantes acerca de la postura adoptada por las citadas Cortes respecto a los indios de América y consiguien­ temente acerca de las misiones, las leyes y decretos dados acerca de unos y otros como respuesta a los delegados de aquellos países, en­ tonces colonias españolas.

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