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3 0 8 PREPARACION APOSTOLICA DE LOS JO V EN E S.. e ilustrasen los pueblos con sus trabajos evangélicos y con los e jem ­ plos de sus virtudes» 63. Los estatu tos están calcados en muchas cosas en las ordenaciones de los Sem inarios de Sanlúcar, Monóvar y Toro, pero con menor rigor de observancia. Además, éstos venían a ser centros de apostolado m i­ sion a l; sus componentes, además del estudio para seguir perfeccio­ nándose en su formación , estaban dedicados casi exclusivamente a la predicación de misiones. Los que estuviesen en este nuevo Colegio compondrían una P refectura de M isiones, o sea un equipo de doce m isioneros bien preparados y dispuestos para todo. De esos doce, seis por lo menos ten ían que residir perm anen tem en te en el Colegio, a fin de que siguiesen la observancia regular y sobre todo atendiesen a la educación e instrucción de los jóvenes, puesto que «el objeto princi­ pal de este Colegio y el que más interesa a la provincia, es la edu ca ­ ción de los jóvenes en este ministerio, que hasta aquí se h a ejercitado sin la correspondiente educación, y de consiguiente con m il imper­ fecciones y extravagancias por la mayor parte» (art. XV ). Esos Padres misioneros, que eran a la vez los Profesores, no ten ían tiempo fijo de perm anencia en el Colegio, pudiendo seguir en él toda la vida. Pero al propio tiempo que se les exigía una preparación a toda prueba, también se les am onestaba no debían pretender «que se les conceda tiempo y exim a del coro con este pretexto, al modo que es justo lo quieran y se conceda a los jóvenes por la razón contraria de tener que trabajar y lim ar sus doctrinas y sermones y aprenderlos de memoria, a que se les deberá hab ituar con el mayor rigor» (art. X IV ). Los religiosos sacerdotes jóvenes destinados a este Colegio debían ser seleccionados, siendo preferidos los que en cada uno de los cursos concurrían a oposiciones de Lectorías o cátedras (art. X V I) sin em ­ bargo no era opción exclusiva, pudiendo solicitarlos cuantos lo de­ seasen. No obstante, por razones económ icas, los jóvenes no podían ser más de diez o doce y su permanencia en el Colegio sería inexorablemente de tres años 6í a fin de que otros pudieran ocupar sus puestos y los 63. Ordenaciones y estatutos para el Colegio de Misioneros que se ha de fundar en esta Provincia de Capuchinos de la Encarnación de las dos Castillas, siendo Provincial el R. P. Fr. Marcos de Reinosa, Madrid, 1785, 1. Los ejemplares de estas Ordenaciones son rarísimos; sólo hemos visto, no obstante la solicitud en buscarlos, el que se conserva en el Arch. Prov., 9/000046. Para no multiplicar las notas citamos en el texto los artículos que interesan. 64. Sólo en caso de que no hubiese el número señalado, se podría permitir que alguno siguiese uno o dos años m ás; la misma excepción se concedía al que fuese de extraordiario talento o aplicación, que diese grandes esperanzas de que sería de mucha honra a la provincia (art. XLJ3I).

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