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Hacia el salario justo 201 Para conseguir éste es convenentísimo: 1 .° Que los obreros y empleados puedan hacerse con un capital, siquiera sea moderado, a base de ahorrar parte de su paga. 2 .° Que todos cuantos puedan y quieran trabajar hallen trabajo. Esto depende no poco de la fijación de salarios dentro de los límites máximo y mínimo del salario justo. 3 .° Que se dé proporción justa, equitativa, entre los salarios, por una parte, y los precios de venta, por otra, de los productos obtenidos por las demás artes útiles a la vida: agricultura, industria, etc. 4 .° Que estos bienes se produzcan en cantidad suficiente y hasta con abun dancia, y se distribuyan con facilidad y equitativamente ( 17 ). A base de esta doctrina resulta fácil contestar a la objeción propuesta: Si realmente es imposible para las Empresas satisfacer la cuantía de los sala rios justos debidos en principio, y esta imposibilidad no es imputable al empresario o patrono, queda excusado éste de pagar tales salarios. La res ponsabilidad recaerá entonces sobre los verdaderos causantes de tal imposi bilidad. Si, empero, ésta depende del patrono por su negligencia o pereza, o descuido en atender al progreso técnico o económico, o porque intenta sostenerse a sí y a su familia con la continuación de una Empresa inade cuada, etc., no queda excusado de pagar dicho salario justo. Además, en ese caso de imposibilidad sin culpa del patrono, si los sala rios han de ser inferiores a los normales, también los beneficios del capital y las cuotas que perciba el empresario deberán ser inferiores al mínimo nor mal en su género. Y la razón es porque los derechos del capitalista a su in terés y los del empresario o director a su provecho no son más sagrados que los del obrero a su remuneración; si ésta se ha de ver forzosamente dismi nuida, en relativa proporción deberán disminuirse aquéllos. V il C O N F I R M A C I O N D E E S T A D O C T R I N A D E L S A L A R I O J U S T O EN L A S E N S E Ñ A N Z A S P O N T I F I C I A S En un estudio publicado hace dos años ( 18 ) intenté demostrar que, según la doctrina católica y concretamente conforme al magisterio de los Sumos (17) Núms. 32, 33 y 34. Colee, cit.. p. 405-407. (18) Ob. cit., p. 130-162. c) Las exigencias del bien común.
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