PS_NyG_1956v004n005p0181_0204
192 Fr. Pelayo de Zamayón, O. F. M. Cap., P. U. E. deSalamanca La segunda base, la negación del derecho natural a la propiedad privada, no merece refutación en este lugar; ampliamente está dada en otra parte (15). Tampoco hay para qué detenerse a discutir sobre la teoría de la «plus-valía», que. entre otros defectos, incluye la miopía inconcebible de no ver que tam bién el capital es productivo. Por estas y muchas más razones la generalidad de los católicos y de cuan tos admiten el derecho de propiedad privada sostienen como cierto que tal régimen no se opone de suyo a la justicia ni a la caridad; luego es lícito; con los Sumos Pontífices a la cabeza, como S. S. Pío XI, quien, en las líneas que preceden inmediatamente a las poco ha referidas, enseña: «Los que condenan el contrato de trabajo como injusto por naturaleza y dicen que, por esa razón, ha de sustituirse por el contrato de sociedad, hablan un lenguaje insostenible e injurian gravemente a Nuestro Predecesor, cuya Encíclica (Rerum Novarum) no sólo admite el salario, sino que se ex tiende largamente explicando las normas de justicia que han de regirlo» (16). Después de una enseñanza tan decisiva y clara parece osadía en un cató lico propender hacia tesis de matiz marxista. Además, no solamente el nudo testimonio pontificio, sino también las buenas razones naturales que lo co rroboran, inducen a pensar lo mismo; porque tal régimen no se opone de suyo a la justicia ni a la caridad. No a la primera, antes al contrario, postula que al obrero se le dé un salario justo. Cuál sea éste — así en la teoría como en la práctica — es lo que se pretende averiguar en tantas investigaciones científicas y en tantas realizaciones prácticas, v. gr., como las que está in troduciendo en nuestra Patria estos días el Gobierno español. Tampoco se opone a la caridad, puesto que las relaciones entre patronos y obreros pueden y deben inspirarse en la estima mutua, en la estima y el respeto hacia la dig nidad humana de entrambos. Eso mismo dicho con otras palabras: Lícito es al hombre disponer de su actividad — y aun de su persona — para conseguir fines honestos. Es así que, mediante el contrato de trabajo libremente discutido y aceptado, el obrero dispone de su actividad laboral (o de su persona, o de su trabajo vivo, o muerto, etc., según las opiniones anteriormente recordadas) para cosas ho nestas: cual es trabajar para conseguir una remuneración justa y con ella ganar decorosamente el sustento para sí y su familia, etc. Luego el contrato de trabajo es de por sí honesto. Lo cual se confirma con el hecho histórico de que tal contrato se ha prac- (15) Cfr. P. de Zamayón, O. F. M. Cap.: La Propiedad y el Salario justo, Studium (Madrid-Buenos Aires, 1954), 11-42. (16) Quadragesimo anno, núm. 29. Colee, cit., p. 404 b.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz