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3 2 María en la econom ía d e salvación ral, en la ley del pecado original de la raza adamítica y que Dios hizo a favor de Ella una excepción de la ley a que estaba sujeta. Equivale esto a decir que María, como ser sobrenatural, está incluida en el orden de Adán, y que, sin embargo, por intervención divina, no cayó en el pecado original en que conna= turalmente, «normalmente», en esta Economía, debería haber caído. Las cosas «podrían» haber sucedido así; pero estas hipótesis nada nos sirven para aclarar y entender los misterios tal como de hecho han sido determinados por Dios. En realidad, el hecho de que María es Inmaculada, está encadenado al conjunto de privilegios marianos y a la Economía general de salvación de otra manera bien distinta. La Concepción Inmaculada de la Madre del Señor, si hemos de usar la terminología de la Bula Ineffabilis, es un «privilegio» de Dios a favor de María. Pero aquí privilegio no quiere decir «excepción» de una ley en que connaturalmente estuviera incursa María; privilegio es «ley peculiar» (privata lex), en que por favor divino está cons= tituída la Virgen Santísima. Efectivamente, no hay que concebir que María estuviera en la masa de los contractores legales del pecado original y que luego la bondad divina la hubiera sacado de aquella masa haciéndola «de hecho» inmune. María no estuvo nunca en esa categoría, ni de hecho ni de derecho. Ella pertenece al orden hipostático, al orden de Cristo, no al «orden de Adán». La Madre del Señor pertenece a una categoría y jerarquía sobrenatural anterior, indepen= diente y superior al orden adamítico. Por consiguiente, si Ella había de reci= bir la gracia o había de tener alguna relación al pecado, hay que investigarlo por otros caminos, nunca a través de la falsa idea de que María sea una «hija de Adán», como ser sobrenatural. Es indudable que el pecado original no puede darse sino en aquella creaturas que sobrenaturalmente dependen de Adán, en cuanto están en él moral=sobrenaturalmenté recapituladas. Pero esta recapitulación en Adán, es imposible aplicarla a María, que es sobre= naturalmente superior a nuestro primer padre. Llegamos así a la conclusión de que en la actual Economía la Madre del Señor, no sólo de hecho no con= trajo el pecado original; pero ni siquiera podía contraerlo en el presente orden de cosas. Frecuentemente se aducen como razones teológicas para demostrar el misterio de la Inmaculada la dignidad de Madre de Dios y la perfecta Virgi= nidad de María y otras similares. Directamente este procedimiento no puede pretender más que razones de «congruencia» para que María sea Inmacula= da. Nosotros, fijándonos en esta pertenencia de María al orden hipostático, podemos ofrecer argumentos teológicos cmpletamente demostrativos de este hecho, argumentos «necesarios», según el tipo de necesidad propia de la argu= mentación teológica más rigurosa. Estando María independizada del «orden adamítico», las aventuras que la gracia y el pecado sigan en este orden no le afectan a Ella. Sobrenaturalmente, la Virgen Santísima no depende más que de Cristo: sólo dependiendo de El y con relación a El y en la medida que exige su asociación a El, recibe la gracia. En tal caso, hablar en Ella de pecado original no puede tener ningún sentido razonable cuando haya de referirse a María. La inmunidad de la mancha original no era en Ella una «excep= ción» que se le concede, era lo perfectamente «normal», connatural y lógico dentro de la jerarquía sobrenatural que María venía ya ocupando desde

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