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P . S alvador d e C istiern a 151 que no les falte capacidad para realizar el bien común, fin de toda autoridad po lítica: «La Iglesia no reprueba ninguna de las varias formas de gobierno, con tal que se adapten por s£ mismas a procurar el bien común de los ciudadanos» (Libertas, 10 ). b) La estructuración del poder depende de las aspiraciones propias de cada pueblo (M ens. de 1944 , 7 ). c) Puede además existir una «democracia de pura fórmula», un sis­ tema democrático que, a pesar de las apariencias, «sea un puro y simple sistema absolutista», porque se arroga un poder ilim itado sobre los súbditos (Idem . 21 ). Para Pío X II el verdadero concepto de la democracia está basado en el hombre, en el respecto a la dignidad y libertad de la persona, entendidas en un sentido cristiano. Y por lo mismo en este sentido amplio, «la demo­ cracia admite diversidad de formas y puede tener lugar, tanto en las monar­ quías, como en las repúblicas» (Idem . 8 ). F undamento y norma d ir ec tiva d e la DEMOCRACIA « E l criterio fundamental que debe presidir en toda sana democracia es el respeto y la actuación de lo que el Papa llama repetidamente en el Mensa­ je, el orden de los seres y de los fines, es decir, el respeto al orden objetivo que se deriva de la ley natural y de la verdad revelada. Ese orden de los seres y su finalidad, presenta, por una parte, al hom­ bre como persona, es decir, como sujeto de deberes y derechos inviolables, y , por otra, nos ofrece al estado como necesario para la sociedad. Dos principios inmutables, ya que se basan en la existencia de un D ios personal y Creador nuestro. Por lo tanto la dignidad del hombre es la dignidad de la imagen de D io s ... v la dignidad de la autoridad política es la dignidad de la parti­ cipación de la autoridad divina» (Idem . 15 ). A ) Derechos del ciudadano en una sana democracia. — A continuación Pío X II examina cuáles son los derechos concretos que corresponden al hom­ bre en una verdadera democracia: a) Manifestar su parecer sobre los deberes y los sacrificios que se le im­ ponen. b) «No verse obligado a obedecer, sin haber sido oído» (Idem , 8 ). Pero para que estos dos derechos fundamentales puedan hacerse valer, es preciso: aa) Que se ofrezca a los ciudadanos la oportunidad de tener una opi­ nión, mediante una formación más acabada.

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