NG200802004

MONTSERRAT BARTOLOMÉ LUISES 524 NAT. GRACIA LV 2/mayo-agosto, 2008, 519-542, ISSN: 0470-3790 que se vincula al cuerpo por un acto vivificante. Si se separara el alma individual del cuerpo, el hombre se convertiría en un instru- mento pasivo de fuerzas extrañas. El alma es la explicación viviente de la sabiduría infinita, que habita en el hombre por el impulso hacia la contemplación y asimilación de lo perceptible, para que emerja la unidad, lo universal y la luz. En la simplicidad de su esen- cia y amparándose en su sensibilidad, el espíritu humano o semen divino recoge lo múltiple, limitado y confuso para que germine la claridad de lo indivisible e infinito, de suerte que el carácter sen- llo Pegaseo , en Dialoghi italiani. I. Dialoghi metafisici. II. Dialoghi morali , O.c. , 884- 885; Spaccio de la bestia trionfante , O.c. , 558-559), de suerte que las almas de los seres individuales poseen una existencia continuada después de su muerte. Para Bruno ( De triplici minimo et mensura , en Jordani Bruni Nolani, Opera latine conscripta , O.c. , I, 3, liber I, 143), la transmigración de las almas posibilita la transformación del hombre en héroe. Bruno mantuvo hasta el final que el alma no es la forma del cuerpo sino el espíritu, que la tierra se mueve y posee alma sensitiva y racional, que los astros son cuerpos animados racionales, que de acuerdo con la substancia nada se genera ni se corrompe, y que a un efecto infinito le corresponde una causa infinita. Sin embargo, Bruno [cf. M. CILIBERTO, Introduzione a Bruno , 4ª. ed. (Roma-Bari 2000) 124-134] no hizo hincapié respecto de la eternidad individual del alma humana a parte post a diferencia del alma de las bestias, ni respecto de la eternidad a parte post y no a parte ante del anima mundi y materia prima como los dos principios fundamentales de la realidad. Sobre la transmigración de las almas y las leyes vitales que las rigen, véase G. BRUNO, De gli eroici furori , O.c. , 1002-1003 y 1026. Pero es evidente que la concepción bruniana del alma se opone a la doctrina de la Iglesia católica, que afirma la inmediata creación divina del alma humana como forma substancial por sí y con independencia del cuerpo, y sostiene la finalidad de cada vida individual con su per- sonal responsabilidad. Cf. A. MERCATI, Il sommario del processo di Giordano Bruno (Città del Vaticano 1942) 99, nota 3. Para CASSIRER [ Individuo e cosmo nella filosofia del Rinascimento (Firenze 1992) 223-226], en el Renacimiento, se inicia una nueva concepción de la naturaleza y del espíritu para armonizar la necesidad de las leyes físicas con la libertad y autonomía de la subjetividad cognoscente. Si se hace hincapié en la eternidad del pensamiento, se devalúa el mundo empírico, ya que es conside- rado como el último grado de la cadena del ser; y si el orden natural es un todo único y perfecto, se niega la superioridad de las funciones intelectuales y éticas del hombre, ya que son subordinadas a la legalidad universal. La solución es la consideración del alma y el cuerpo en su relación funcional y no en su vinculación substancial. Pero la metafísica de la época no poseía los elementos necesarios para conquistar esta equilibrada conexión, incluso el humanismo mantenía la clasificación medieval de las ciencias, asignando el grado inferior a las ciencias de la naturaleza.

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