NG200801005

BERNARDINO DE ARMELLADA 204 NAT. GRACIA LV 1/enero-abril, 2008, 193-227, ISSN: 0470-3790 que los demás objetos no pueden ser conocidos sin conocer preci- samente el ente (primer concepto cognoscible distintamente). En la resolución de los conceptos quiditativos 17 en sus concep- tos anteriores, el concepto de ‘ente’ se encuentra como el concepto totalmente general y solamente determinable, más allá del cual no se puede encontrar ya un concepto más general: es el concepto último de la resolución. En una dirección inversa a la resolución, en un retorno por medio de la división de conceptos, mediante la cual se construye el concepto definitivo de la esencia correspondiente, el concepto de ente (ser) es el primero, al que siguen los conceptos menos generales y más precisamente determinantes hasta que se llega al concepto definitivo de la species specialissima . Acontece, pues, que lo que es el primer conocido según el origen –la species specialissima– , bajo el punto de vista del contenido conceptual de manera confusa, es el último conocido en cuanto concepto especial, que hace cognoscible el ente particular, en su género y diferencia 18 . 3. El ser como concepto transcategorial . Con este análisis de los contenidos del conocimiento conceptual confuso y distinto, Escoto ha aclarado el concepto de ‘ente’ y su lugar en el pen- samiento de un modo formal determinado. El primer conocido temporalmente en absoluto –es decir, la entidad particular bajo el concepto confuso de la ‘species specialissima’– el concepto de ente, ya conocido conjuntamente de modo implícito, no es cono- cido todavía como tal. Sólo en el conocimiento distinto que sigue al concepto confuso dilucidando los conceptos parciales implíci- tos, resulta claro el ente como concepto propio comprensible por sí mismo, y, efectivamente, como el primer concepto en la línea de los conceptos determinables. Es “ pura ” determinabilidad, que 17 El adjetivo ‘quiditativo’ o ‘predicado in quid’ se contrapone a predicado ‘in quale’, es decir, lo que tiene su razón de ser en sí, ‘ in quid’ , frente a lo que tiene su razón de ser en otro, ‘in quale’ . 18 «Ex hoc sequitur quod ea quae sunt sibi propinquiora, sunt priora, quia cognoscere ‘distincte’ habetur per definitionem, quae inquiritur per viam divisionis, incipiendo ab ente usque ad conceptum definiti. In divisione autem prius occurrunt concepta priora, ut genus et differentia, in quibus concipitur distincte conceptus communior». Ord . I, d.3 p.1 q.3, n.80; Vat III 55.

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz