NG200801003

LIBERTAD Y RACIONALIDAD EN DUNS ESCOTO NAT. GRACIA LV 1/enero-abril, 2008, 123-139, ISSN: 0470-3790 139 La posibilidad del ser posible, dice textualmente Avicena, no pro- viene del hecho de que el agente tenga poder sobre él, porque el agente no puede nada sobre él, si él mismo no fuera en sí mismo posible 13 . El conjunto de las esencias posibles, para Avicena, parece constituir un ámbito autónomo cuya característica es, precisamente, la posibilidad de ser creado por la Causa Necesaria (Dios) y existir, en algunos casos v.g. las esferas celestes, indefinidamente y, en otros los entes físicos, por un tiempo determinado. Si este ámbito esencial y posible es autónomo y distinto del ámbito de la existen- cia, tampoco parece ser creado por Dios, poseyendo, sin embargo alguna entidad extraña que encierra en sí misma la posibilidad de ser elegida y creada por la Causa Necesaria para pasar al ámbito de la existencia y consolidarse como parte del conjunto de los entes posibles existentes. Esta dualidad escotista de mundos –el existente y el formal– evita ciertamente la visión de un Dios arbitrario de cuya voluntad dependa la verdad, el bien y el mal. Presenta sin embargo el nuevo problema de ubicar una extraña racionalidad lógico-formal por encima de la existencia necesaria de Dios, es decir, por encima de la fe y de la revelación. Esto nos conduciría a pensar que Duns Escoto más que un voluntarista con tendencia a lo arbitrario e irracional, sería un racionalista. Su universo existente –con Dios o Ser Nece- sario a la cabeza– se encontraría subordinado a esa misteriosa enti- dad conformada por la racionalidad lógico-formal de los principios de identidad y no-contradicción, de verdades necesarias en razón de sus términos, de razones formales mutuamente compatibles o incompatibles. Habría, en consecuencia, que considerar la posibili- dad de cambiar radicalmente la visión tradicional que, hasta ahora, se ha tenido de Duns Escoto. 13 Avicenna Latinus, Liber de Philosophia prima, 2 volúmenes Louvain- Leiden (1977 y 1980) tractatus IV, cap. II, 208, 54-56: “Non est autem possibilitas sui esse quod agens sit potens super illud, quia agens non est potens super illud, cum ipsum non fuerit in se possible” .

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz