NG200701028
734 JAIME REY ESCAPA Escoto fundamenta la doctrina de la encarnación sobre la pre- destinación de Cristo. Este punto de vista le inclina a pensar que la encarnación no ha podido ser decretada formalmente como repara- ción del pecado, sino para dar a todo lo creado aquella perfección que posee en la persona de Cristo. Para Escoto se habría realizado la encarnación en cualquier estado, de caída o de justicia original. “La visión de Escoto de la encarnación es rica en amor y en miseri- cordia, con una maravillosa perspectiva de la bondad existente en la humanidad, y que le da a la encarnación el lugar central en el universo de manera que todo venga de Dios a través de ella y así pueda eventualmente, volver a Dios a través de ella” 53 . La encarnación no está condicionada por la caída de la huma- nidad, deriva sólo del amor infinitamente santo que Dios se debe a sí mismo. En cambio la redención está condicionada por el pecado, pero deriva también del amor supremo que solamente Cristo puede ofrecer al Padre. El amor es la única causa de la encarnación. Como afirma el concilio Vaticano II, no hemos sido creados, primordial- mente, para ser liberados del pecado, sino para entrar de lleno en la vida divina: El Padre Eterno creó el mundo por una decisión totalmente libre y misteriosa de su sabiduría y bondad. Decidió elevar a los hombres a la participación de la vida divina y, tras la caída de Adán, no los aban- donó, sino que les ofreció siempre su ayuda para salvarlos, en conside- ración a Cristo redentor, que es imagen de Dios invisible, primogénito de toda criatura (Col 1,15). A todos los eligió, el Padre, desde la eter- nidad, los conoció y los predestinó a ser conformes a la imagen de su Hijo para que este sea el primogénito de muchos hermanos (LG 2) . tantum occasionatum scilicet propter minus bonum; nec est verisimile Deum prius praeordinasse Adam ad tantum bonum quam Christum, quod tamen sequeretur. Imo ulterius sequeretur absurdius, scilicet quod Deus praedestinando Adam ad gloriam, prius praevidisset ipsum casurum in peccatum quam praedestinasset Christum ad gloriam, si praedestinatio illius animae tantum esset pro redemptione aliorum, quia redemptio non fuisset, nisi casus et delictum praecessisset”. Ord. III, d.7, q.3, n.3 (XIV, 335a). 53 S. MULHOLLAND, “The Humanity of Duns Scotus”, en The Cord 43 (1993) 12. 3 t c y e r e e e r c c l s t p r t e
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