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LA TEOLOGÍA EN SALAMANCA EN EL SIGLO XIX 587 - a s , - s - e e r e s e ri , i, . - , a , i i- ) , y , i- . 1.3. L A PAULATINA DESAPARICIÓN DE LA TEOLOGÍA UNIVERSITARIA En lo que a la política educativa se refiere, la realidad no variará nada, por lo que el 17 de septiembre de 1845, se presentará un nuevo Plan de estudios a Isabel II 26 . En la introducción del cual, la preten- sión de reforma de la teología es la misma que se venía proyectando desde mediados del siglo XVIII 27 , por lo que se entiende que todos los esfuerzos habían sido infructuosos. No cabe duda, como ellos mismos señalarán, que la reforma de la Teología era “la más difícil y delicada”, por lo que el gobierno había nuevamente recurrido a diversas instituciones, buscando “no omitir medio alguno de ilustra- ción”. Al mismo tiempo, el panorama que ofrecen del estudio de la ciencia teológica en las Universidades resulta realmente pavoroso. Era evidente que, en estas circunstancias, no era posible continuar: “... escasos en extremo son los que acuden a estudiar esta facultad en las Universidades. Las trece que había en España sólo han reunido estos años pasados trescientos cincuenta teólogos, no llegando todavía en el último curso a cuatrocientos. Algunas hay, y no pocas, en que su número no igual al de los catedráticos, y Barcelona, después de haber estado con dos o tres, se ha quedado sin ninguno. La causa de esto es que los aspirantes al Sacerdocio prefieren hacer su carrera en los Semi- narios conciliares, cuyo número en España pasa de cincuenta, estando asignada para su sostenimiento la cantidad de dos millones y medio en el presupuesto general del Estado. Conviniendo sin embargo que el estudio de la teología se conserve en las Universidades, se ha dejado en cinco de ellas, pudiendo hacer en las demás las veces de facultad el respectivo Seminario, siempre que arregle la enseñanza a lo que en el nuevo Plan se previene” 28 . 26 Cf. Plan de estudios decretado por S. M. en 17 de septiembre de 1845. seguido del cuadro general de asignaturas para las universidades del Reino, y de las reales órdenes expedidas para su ejecución (Madrid 1845). 27 Se expresan en los siguientes términos: “Reducir la enseñanza de la teología a lo que exigen la naturaleza y objeto de esta ciencia divina; desterrar de las aulas muchas cuestiones puramente escolásticas para explicar con más amplitud y exten- sión los misterios de nuestra Fe; procurar que el estudio se haga en sus verdaderas fuentes, que son la Sagrada Escritura, los Concilios y la tradición, y disponer las mate- rias según el orden más lógico, natural y metódico, tales son los principios que para el logro de tan importante objeto se han seguido”. Ib ., 11-12. 28 Ib ., 19-20.

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