NG200701018

SOBRE LA LIBERTAD POSITIVA 485 a a a - a y a e e s l s s - - l r . a Libertad positiva quiere decir autodeterminación. Soy libre en este sentido si tengo en mis manos las riendas de mi existencia, si realmente soy yo quien decide lo que quiero ser y hacer, si de veras soy el autor de la novela de mi vida. En cambio, si es otro el que decide por mí, si mis decisiones están dictadas por la manipulación ideológica, la presión de la opinión pública o el miedo a los pode- rosos, diré con toda razón que carezco de libertad positiva. A su vez, libertad negativa quiere decir no-interferencia. Soy libre en este segundo sentido en la medida en que exista un espacio en el que nadie me impide vivir y obrar del modo que yo considere oportuno. Evidentemente, ese espacio no puede crecer ilimitada- mente, pues todo aumento de la libertad negativa de unos tiene como precio la disminución de la libertad de otros. Si, por ejemplo, me tomo la libertad de apropiarme de bienes ajenos o de destruir- los, privo a su dueño de la posibilidad de disponer libremente de ellos. Sería absurdo que en un caso así me quejara de la interven- ción de la policía o de los jueces, declarándola un atentado contra mi libertad. En cambio, si respeto escrupulosamente los derechos legítimos de los demás y, pese a ello, la sociedad o el Estado ponen cortapisas al “libre desenvolvimiento de mi personalidad”, entonces tendré todos los motivos para denunciar esa interferencia como una restricción injustificada de mi libertad negativa. Podría parecer a primer vista que la diferencia entre libertad positiva y negativa, entre libertad como autodeterminación y liber- tad como ausencia de interferencias, es en realidad irrelevante. Parece claro que cuanto más libre de interferencias ajenas sea un sujeto, tanto más decide por cuenta propia, es decir: tanto más autodeterminación. Y también a la inversa: parece evidente que una persona goza de autonomía a la hora decidir cómo vivir o actuar en la medida en que los demás no invadan su intimidad imponiéndole una determinada pauta de conducta. Así las cosas, da toda la impre- sión de que la distinción que se acaba de proponer entre libertad positiva y libertad negativa no es más que una sutileza innecesaria. Pero, vistas las cosas más de cerca, caemos en la cuenta de que no es así. Es perfectamente posible que una persona no sufra interferencia alguna y que, sin embargo, carezca de libertad posi- tiva. Para entender esta posibilidad, conviene que reflexionemos un momento sobre el sentido de la palabra “autodeterminación” (que

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz