NG200701018
SOBRE LA LIBERTAD POSITIVA 479 e s s e e a r - , a e - a e e e a . - - a , a e . En el trasfondo de la Declaración Universal parece alentar la idea, hoy compartida por la inmensa mayoría, de que la función del Estado ya no puede ser la de hacer felices a los ciudadanos, sino la de garantizar que cada ciudadano busque la felicidad del modo que él estime conveniente 2 . Por eso el principio de tolerancia es una pieza clave de todas las constituciones respetuosas de la libertad individual. Como enseñó a Europa la desgarradora experiencia de las guerras de religión, la paz no puede fundarse en una verdad impuesta a la fuerza, sino en el respeto por las ideas del otro que yo no comparto. Precisamente porque la libertad es el valor fundamental de las constituciones políticas occidentales, algo así como el tesoro más preciado en nuestras sociedades, no es de extrañar que quienes odian a Occidente ataquen precisamente su libertad. En opinión de los analistas más lúcidos, el principal éxito obtenido por los criminales que planearon la destrucción de las Torres Gemelas no consistió en dar muerte a cientos y cientos de personas inocentes, ni siquiera en destruir un símbolo universalmente conocido del país que venera por encima de todo la libertad; el verdadero triunfo de los terroristas consistió en obligar a la sociedad americana a adop- tar medidas de seguridad que venían a recortar en gran medida las libertades ciudadanas hasta entonces disfrutadas. El atentado a las Torres Gemelas fue, en este medida, un atentado a la libertad per- petrado por quienes la odian. 2. LOS LÍMITES DE LA LIBERTAD EXTERNA Me he referido al prestigio incomparable de que goza la liber- tad en las sociedades occidentales. Doy por supuesto que quienes 2 Uno de los exponentes clásicos de este modo pensar es I. Kant, quien en su opúsculo “En torno al tópico: tal vez eso sea correcto en teoría, pero no sirve para la práctica” escribe lo siguiente: “Nadie me puede obligar a ser feliz a su modo (tal como él se imagina el bienestar de otros hombres), sino que es lícito a cada uno buscar su felicidad por el camino que mejor le parezca, siempre y cuando no cause perjuicio a la libertad de los demás para pretender un fin semejante, libertad que puede coexistir con la libertad de todos según una ley universal (esto es, coexistir con ese derecho del otro) [...] El poder supremo no está facultado para hacer que el pueblo sea –por así decir– feliz contra su voluntad, sino sólo para procurar que exista como comunidad” (en: I. KANT, Teoría y práctica (Madrid 1986) 27 y 39).
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