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toda la persona: con su forma de ser, sus ritmos de maduración y sus disposiciones naturales para relacionarse. Pero también utiliza las circunstancias de la vida, incluso las crisis 240 , para hablar al hom- bre 241 . Dios nos habla con tal delicadeza que permite que con nues- tra pobre libertad, huyamos y volvamos, avancemos y retrocedamos en nuestro camino. Por eso el camino espiritual nunca es rectilíneo ni ascendente, sino que depende de la respuesta de los fieles y del lenguaje que Dios emplea con cada uno. La 2CtaF no es un tratado teológico sino una propuesta espiri- tual para vivir cristianamente. Francisco, como testigo de esa expe- riencia, expone en estos versos los primeros pasos de su encuentro con Dios. Sus consejos pasan a ser indicadores para todos aquellos que se sientan llamados a vivir en penitencia, y su validez radica en el uso que de ellos haga el Espíritu Santo. La propuesta de vida en penitencia se hace por medio de dos caminos alternativos: uno que conduce a la Vida y que se reconoce como la vida en penitencia (2CtaF 19-62), y el otro que lleva a la Muerte o la ruina por no vivir en penitencia (2CtaF 63-85). Así pues, este estilo de vida nace del reconocimiento de que la Trinidad se nos ha acercado misericordiosamente. Y lo ha hecho por medio del Hijo encarnado cuando estábamos caídos. Esta fue la experiencia de Francisco que, por iniciativa de Dios, le llevó a seguir los pasos de Cristo misericordioso. 1. E L MARCO ECLESIAL DE LA VIDA PENITENCIAL La vida penitencial de Francisco, que desarrolla esta carta, se funda en las disposiciones del “ Ordo Poenitentium ” para aquellos cristianos que han roto las relaciones con Dios y con el prójimo. En los s. XII-XIII, a la vez que se extiende la penitencia privada, reapa- rece la penitencia pública 242 para aquellos cristianos que, por moti- 446 MANUEL ROMERO JIMÉNEZ 240 Estamos acostumbrados a buscar a Dios en lo bello, lo tranquilo y lo prác- tico y nos cuesta comprender su voz en la crudeza de la vida, la crisis del sentido y en la cruz. 241 De FIORES, O.c. , nota 171, 1005-1008. 242 Es la práctica penitencial que se imponía a los pecados públicos menos escandalosos y que asumían los clérigos que no podían someterse, por escándalo, a la penitencia canónica o solemne.

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