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penitentes canónicos en los primeros siglos 118 . Estos “penitentes voluntarios” introducen dos modos alternativos de penitencia la pro- fesión monástica y la conversión. Cambian de estilo de vida y hasta de nombre para llamarse conversos, continentes o vírgenes . Sin embargo, no salen del mundo sino que se comprometen a practicar las obras de misericordia: unos, se retiran a orar como ermitaños otros, viven junto a los monasterios imitando la vida monacal, los hay que trabajan sirviendo en hospitales, leproserías y hospicios, y los que viven en sus propias casas con unos compromisos particu- lares. Todos suelen vivir en conexión con los penitentes de su zona y en el s. XIII integran la espiritualidad de los mendicantes 119 . Francisco se Asís se convierte a Dios y se adhiere a esta prácti- ca penitencial voluntaria a tenor de los rasgos penitenciales que dan sus biógrafos 120 . b) Francisco el “converso” Según los escritos del santo y sus biógrafos, la conversión de su corazón a Dios le lleva a vivir como los penitentes: “El Señor me dio de esta manera a mí, hermano Francisco, el comenzar a hacer peni- tencia: porque, como estaba en pecados, me parecía extremadamen- te amargo ver a los leprosos” (Testamento, 1) . De manera que comienza a manifestar su cambio interior con las costumbres de los penitentes. Se marcha en 1206 a Roma en peregrinación y allí des- cubre la realidad de la pobreza material 121 . Un día de arrebato, estando en Foligno, vende las telas de su padre, incluso el caballo, y deja el dinero en una ermita pobre. Allí le pide al sacerdote que le deje vivir con él en calidad de “converso” (Cf. 1 Celano, 9). El paso definitivo para entrar en el “ Ordo Poenitentium ” lo da ante el obispo de Asís. Su padre le acusa de rebelión ante los senadores del “Comune di Assisi”, sin embargo, sólo el obispo puede juzgar a quien se considera penitente y por tanto exento de la autoridad civil 264 MANUEL ROMERO JIMÉNEZ 118 Es la práctica penitencial que se imponía a los pecados públicos menos escandalosos y que asumían los clérigos que no podían someterse, por escándalo, a la penitencia canónica o solemne. 119 J. ÁLVAREZ, Vida religiosa y cultural en el Medioevo (CONFER 1983) 40- 45. 120 En: 1 Cel 22.29.36.42.51.52; LM 3,1; 3,3; TC 25.33-34; AP 19; Flor 30, etc. 121 (C.f., 2Cel 8).

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