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mientras fueron mantenidos en servidumbre por los supuestos amos. El capuchino parte del principio ya expuesto ampliamente de que los europeos se habían hecho ricos con el trabajo de los escla- vos negros. Ese enriquecimiento era ilícito, ya que la esclavitud era ilícita. Por tanto, los amos de esclavos estaban obligados moral- mente a devolver sus riquezas mal habidas: “Luego como en las Indias y en Europa se han enriquecido con injuria de los negros contra el derecho natural de los esclavos, es claro que hay que restituir todo en lo que se han hecho más ricos. En efecto, con la sangre, sudor y esfuerzo de un solo siervo injustamente esclavizado, se compra otro injustamente. Así se han enriquecido con injurias, con injusticias en las Indias. Por lo mismo están obligados a restituir todo lo que adquieren por medio de los negros” 115 . XII . Los amos de los negros están obligados a restituirles su trabajo Ante las dificultades implícitas de todo el conflicto, máxime en relación con la restitución, Moirans intenta ser lo suficientemente práctico como para que se puedan ir dando pasos de forma progre- siva. De esta manera, considera que los europeos “están obligados a restituir todo lo que adquieren por medio de los negros. Pero como quedarían todos reducidos a la pobreza teniendo que restituir todo lo que tienen en Indias, indicaré lo que han de restituir por necesi- dad de salvación eterna, a saber, la libertad y el precio de sus traba- jos. Porque la libertad es de derecho natural y un bien superior a todos los bienes, después de la vida, al igual que la esclavitud es el peor de los males después de la muerte” 116 . El primer paso es la restitución de la libertad por parte del poseedor injusto y de aquel que ha obrado con mala fe, y, consecu- tivamente la restitución del precio de los trabajos de los negros. Esto se ha de llevar a cabo incluso, con pérdida de los bienes por parte de los amos. El argumento de autoridad en el que fundamenta toda la teoría de la restitución no es otro que el mismo Santo Tomás, al que ya se 318 MIGUEL ANXO PENA 115 Ibid , n. 121. 116 Ibid .
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