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aquel momento. Parece como si otros elementos fueran los que han llevado a Moirans a proceder de esta manera: la dificultad para acce- der a las obras directamente, el conocimiento previo de las mismas por medio de la obra de Francisco José de Jaca... En este capítulo comienza exponiendo la opinión de Luis de Molina que, para ser rigurosa, extiende desde el n. 82 al 87. El capu- chino considera que lo hace claramente, tanto en relación a la de Molina como a la del propio Avendaño, juzgando de esta manera que se trata de autores de cierta relevancia, por lo que es importante detenerse en ellos. De esta manera, apreciando como válida la opi- nión de Molina cuando sostiene que en razón de los males deriva- dos es posible trasladar a los esclavos a Indias 71 . Considera que no se puede exponer a un hombre a un peligro cierto de muerte, teniendo además presentes las muertes que ya tenían previstas los comerciantes en dicho traslado, y que estaban contabilizadas como gravámenes del propio negocio. Después señalará razones que ya ha referido a otros autores: no hay que hacer el mal para que venga el bien 72 , el título de esclavitud debe ser más claro que la luz 73 ... Concluye esta exposición con la afirmación de condena, de todo lo que ha ido exponiendo: “Con más razón no es lícito tomar esclavos, ni comprarlos ni venderlos; y lo mismo se ha de decir respecto de la guerra, que debe entablarse por razones ciertas y no sólo probables, diga lo que diga Avendaño” 74 . Después de este discurso rotundo, parece como si disculpara a Avendaño, entiendo que él se expresa de esta manera, porque toda- vía no habían sido promulgadas las proposiciones de Inocencio XI, ya que afirma “pues no hubiera escrito eso, si las proposiciones hubieran sido promulgadas en su tiempo. Porque por ellas consta que siempre hay que seguir la vía más probable y más segura y que el juez no puede seguir la opinión menos probable, dejada la más probable, como es patente por la segunda reprobación” 75 . Parece como si quisiera disculpar formalmente la opinión de estos autores, aunque tenga que condenar sus conclusiones. Así distingue entre lo 306 MIGUEL ANXO PENA 71 Cfr. Ibid ., n. 82. 72 Cfr. Ibid ., n. 88. 73 Cfr. Ibid . 74 Ibid . 75 Ibid ., n. 89.
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