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donde obtiene el siguiente resultado: “Prueba de que no se dan las tres condiciones requeridas para la guerra justa, en esta guerra de los europeos” 39 . La costumbre de comprar y vender negros por mucho que se haya extendido no debía impedir que prevaleciera la sinceridad. Puesto que la costumbre sin verdad es origen de error. Los cristianos no están llamados a seguir la costumbre sino la ver- dad que es Dios. Y más cuando la práctica es una perfecta corrup- tela. De su reflexión se intuye que no es suficiente eludir la propia responsabilidad penal con argumentos jurídicos y morales, sino que la práctica concreta es la que posibilita el perdón. Llegado a este punto, Moirans considera necesario hacer una nueva constatación de aquello que se ha obtenido: “Por tanto, se dan tres primeras conclusiones de derecho de gentes, de derecho natural divino y positivo, porque quienes no son esclavos no pue- den venderse ni ser tenidos como tales, sino que hay que restituirles su libertad y devolverles el precio de su trabajo, porque todo esto se sigue de modo necesario: Primero, nadie puede comprar o vender ninguno de los esclavos de África llamados negros. Segundo, todos los que poseen a alguno de ellos, deben liberarlos bajo pena de condenación eterna. Tercero, sus dueños, al liberarlos, deben resti- tuirles sus servicios y pagarles su precio” 40 . Se trata de las mismas conclusiones a las que había llegado un año antes su hermano de hábito Francisco José de Jaca 41 . 296 MIGUEL ANXO PENA 39 Servi liberi , n. 55. 40 Ibid ., n. 56. 41 Cfr. Francisco José DE JACA, Resolución , n. 39, 51-52: “Por tanto pues, abra- zando lo católico y piadoso, que sobre la apostólica autoridad (para que no es menester pluma) queda dicho. Repito que dichos negros y sus originarios no solamente en cuanto cristianos son libres, sí también en su gentílico estado. Y por tanto, no sólo hay obliga- ción de restituirlos a su justa libertad. Pero también, en vigor de justicia, pagarles lo que de sus antecesores, padres, etcétera, heredar podían, lo que en ellos han podido enrique- cer, el tiempo perdido de ellos, sus trabajos y daños que se les ha seguido según Santo Tomás . Y su personal servicio, en razón del tiempo : pues de lo uno se sigue lo otro. Cuando algo está prohibido, todo lo que de ello se deduce está también prohibido . Y esto sin dilación y sin que valgan largas de que se declare más, pues basta lo significado y notorio de tanta tiranía e injusticia, la voz común, y sentimiento de personas doctas y temerosas de Dios (sobre las ya notadas) compasivas, tantas injurias reprueban y afean. Para lo cual, pues no son menester mas extorsiones, para el cumplimiento de tanta obli- gación que cada cual tiene, aunque lo sean para mayor desengaño de la suerte, que tam- poco era precisamente necesaria la bula que Su Santidad mandó despachar para los con- tratantes clérigos pues ya por derecho les era prohibido”.
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