NG200501003

Escribe Alain Touraine en el capítulo VII de su obra titulada ¿Podemos vivir juntos? Iguales y diferentes: “ El espíritu democrático tampoco puede reducirse a la reivindicación de una igualdad de derechos que planee por encima de las desigualdades. Si no hubiera llevado a la protección de los trabajadores, y en particular a la firma de los convenios colectivos de trabajo, en la sociedad industrial se habría vuelto una ideología al servicio de la nueva burguesía que ampara, tras la lucha contra el clericalismo y la religión, la defensa de sus intereses materiales. Del mismo modo, el espíritu democrático se vuelve hoy insípido si no toma en consideración los derechos cul- turales y, por lo tanto, la dignidad de todos y cada uno, es decir, su derecho a vivir en conformidad con sus valores, si no trata de hacer reinar la equidad, que se define por unas relaciones entre unos acto- res sociales y políticos, y que aplica en situaciones concretas la igual- dad, que apela a un principio exterior a las sociales reales” 16 . La clasificación tradicional de desigualdades distingue entre igualdad jurídica-política, igualdad social, igualdad económica e igualdad de oportunidades. En una primera aproximación, estas cla- sificaciones pueden ser aceptadas, desde luego, en el campo legisla- tivo, en general, y en el de la vida o práctica consagrada que se rige por la ley o derecho común de la Iglesia y por la ley o derecho par- ticular, el propio que regula la vida de los diversos Institutos de vida consagrada y de las Sociedades de vida apostólica. Sin alejarnos de esos conceptos jurídico-sociales en los que nos hemos venido moviendo en las páginas precedentes, venimos a los que denominaríamos, no caseros ni acientíficos, sino de sentido común, de los que la vida consagrada sabe servirse, con el fin de lograr organizarse como grupo humano con metas u objetivos reli- giosos, a saber, de los conceptos de la experiencia y ciencia asocia- tiva. La igualdad a tener en cuenta en la práctica de la vida consa- grada y a la que nos referimos, de inmediato, nace de la referencia a la igualdad jurídico-política, a la económica, y a la de oportunida- des. El respeto de estas igualdades se concreta, también en la vida consagrada y en expresión o en términos de actualidad, en derechos LAS NOCIONES DE LEY, IGUALDAD Y LIBERTAD EN LA LEGISLACIÓN… 159 16 A. TOURAINE , ¿Podremos vivir juntos? Iguales y diferentes (Madrid 1997) 350-351.

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