NG200501003

Tocante a la vida consagrada podríamos responder al interro- gante de Vergote, diciendo que, cuando la propia legislación caris- mática acepta la ética de la razón o de los derechos humanos, ade- más de presentarse con tonos y visos de actualidad, a algunos gustaría decir de progreso, garantiza realmente una vida del grupo respetuosa de la persona humana y empeñada en superar egoísmos e individualismos que en sí y por sí son tan opuestos al desarrollo del encuentro comunitario-fraterno. La legislación de la vida consagrada ha podido y puede estar corriendo el riesgo de proclamar los derechos de Dios y olvidar los humanos que, por añadidura y lógicamente, además de ser dere- chos concedidos por Dios, son derechos racionales que desde el siglo XVII y con Hugo Grocio, cristiano completamente convencido, se formulaban etsi Deus non daretur , como si Dios no existiera. La ética filosófica o simplemente racional la reconocemos como obra e invención griega, de Aristóteles como su más notable expositor. San Agustín distingue, por un lado, las luces y el ambiente de la fe y, por otro, las luces y ambiente de la razón, encontrándose ambas, fe y razón, en la afirmación del Creador. Dios que ha creado al hombre como ser dotado de razón y le ha dado la capacidad de decidir por si mismo las normas que regulan su acción. Con esta evocación rápida del sentido de la ley en la Biblia, en la religión y en la filosofía, sintetizadas en la visión de santo Tomas, creo haber puesto la base para poder dar el paso hacia la visión ya más cercana a nuestro siglo que nos habla de la conocida como ley democrática. Los orígenes de la era democrática vienen representados y hallados en las luces de la Ilustración y políticamente en la concep- ción de Rousseau quien ya advertía sobre la crisis del naturalismo y buscaba una entidad que iniciara sus veces. “ La democracia de Rousseau, se pregunta Sartori , ¿era verdade- ramente una democracia? Comencemos por precisar que la nación no tiene, en Rousseau, ninguna preeminencia ni si quiera eminen- cia. Como ya se ha señalado (véase antes, VIII, 4), también para él el gobierno óptimo, el Estado “guiado por la voluntas general que es la ley”, es la Republica (El contrato social , I, 6 ). Democracia es una LAS NOCIONES DE LEY, IGUALDAD Y LIBERTAD EN LA LEGISLACIÓN… 151

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