NG200403024

Felipe de Perusa hacia el año 1306 quien, al presentar el catálogo de los cardenales protectores de la Orden, señala tres elementos que merecen nuestra atención: en primer lugar, que tanto Francisco como Hugolino ordinaverunt et scripserunt regulam sororum Ordinis sancti Damiani ; en segundo lugar, que dicha Regla fue hecha ad instar regulae fratrum Minorum ; en tercer lugar, que el trabajo fue hecho mientras Hugolino era todavía cardenal 21 . El texto reportado por Wadding en 1224 presenta algunas variantes significativas con relación al texto de 1253. En efecto, no trae la bula Solet annuere de Inocencio IV y los títulos de los capí- tulos no coinciden 22 , pero, sobre todo, presenta serias modificacio- nes tanto en el capítulo I como en el VI, tal como veremos a continuación. La primera variante se encuentra en el capítulo I. La visión sinóptica en las dos versiones nos permitirá establecer mejor las dife- rencias: 920 FERNANDO URIBE 21 El texto completo dice: «Hoc tamen audivi ab antiquis patribus, quod ipse [Hugolinus] cum beato Francisco, Patre nostro, ordinaverunt et scripserunt regulam sororum Ordinis sancti Damiani, qui nunc vocatur Ordo sanctae Clarae, ad instar regulae fratrum Minorum, propter cuius regulae arctitudinem partim devotionem, partim compassione Cardinalis ipse perfundebatur multis lacrymis in scribendo» («Appendix V, Incipit catalogus Cardinalium, qui fuerunt Ordinis Protectores», in Analecta Franciscana , t. III, Quaracchi 1907, 709). Muchos otros autores de los siglos XIV y siguientes, como Ubertino de Casale, Arnaldo de Sarrant, Nicolás Glassberger, Francisco de Gonzaga y otros, afirman la intervención de san Francisco en la composición de la RegC (cf. L. O LIGER , « De origine Regularum Ordinis S. Clarae », 432). No pretendemos entrar aquí en este espinoso tema; nos reducimos a una simple alusión a él sólo para avalar la afirmación de Wadding, aunque nos incli- namos a creer que la intervención del Santo debe ser entendida como algo indi- recto. 22 Conviene recordar que los títulos de los capítulos, como ocurrió con los de la RegB , fueron introducidos posteriormente, pues no aparecen en ninguna de las bulas originales (cf. L. O LIGER , « De origine Regularum Ordinis S. Clarae », 431).

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