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INTRODUCCION L ALGUNAS FECHAS DIGNAS D:E RECUERDO La historia externa de nuestra provincia, después de la restauración, se apoya en algunas fechas, dignas de recuerdo: por lo que suponen para ]a e:ids– tencia de la misma y porque inciden en la situación del personal religioso, aquí y en ultramar. Resumimos dichas fechas, repitiendo y completando cuanto se escribió en Estadística... 1900-1964, Pamplona, 1965, pp. 3-4: La provincia capuchina de Navarra-Aragón fue erigida canónicamente el 31 de mayo de 1900 (1 ). A la nueva provincia, en el decreto de creaclón, se le encomendaron las casas religiosas de Chile y la misión de .Araucanía. Los primeros años después de 1a restauración no pocos religiosos de Na– varra-Aragón siguieron prestando sus servicios en diversas naciones de Amé– rica y Oceanía, por encontrarse en dichos campos de apostolado al promul– garse el mencionado decreto de creación. En 1902, por invitación del superior general de la orden capuchina, la provincia de Navar,ra-Aragón extendió su campo de apostolado a la Argen– tina (2). El 7 de agosto de 1907, al ser suprimido el Hamado Distrito Nullius o de Madrid, fueron anexionados a la mencionada provincia de Navarra-,Arag6n los distritos conventuales de Fuenterrabfa y el personal de los mismos (3). Este hecho· vino a duplicar el personal de la naciente provincia capuchina y motivó el cambio de nombre oficial de la misma, que desde entonces se llama de Navarra-Cantab.ria-Aragón. El reajuste total del personal de las provincias afectadas por la supresión del Distrito Nullius tardó varios años en llevarse a cabo. Por esta causa muchos religiosos de la provincia siguieron ejerciendo el apostolado en Fili– pinas y Centroamérica, donde se hallaban al publicarse el decreto de supre" sión del Distrito Nullius. EI reverendísimo padre Venancio de Lis1e-en-Rigault, ministro general de la orden capuchina, el 26 de agosto de 1914, comunicó al padre provincial (1) AOFMC 16(1900) 170-Jn (2) Carta del Padre Angel M, de Villava, definidor general, al padre provincial, 8 de nov. de 1901, en Arch Prov. NCA. Leg. P. General sin sig. (3) AOFMC 23(1907) 264-266. 7

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