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y que obtuvieron después la dispensa de los votos religiosos o de las obligaciones inherentes al diaconado y ordenación sacerdotal o se incardinaron en el clero secular. c) Abandono: significa que el religioso ha abandonado voluntariamente la Orden terminado el tiempo de la profesión temporal. También están incluidos en este caso los llamados al servicio militar y que no retomaron al convento. d) Dispensa: esta palabra puede referirse bien: 1) a la dispensa de los votos temporales, 2) a la dispensa de los votos perpetuos, 3) a la dispensa de las obligaciones inherentesaldiaconadooalsacerdocio. Como en el caso de la exclaustración recogemos, normalmente, la fecha de conce­ sión del rescripto. e) Dimisión: incluye a todos aquellos que han sido expulsados de la Orden, ipso facto o por decisión de la autoridad competente. 7) Si algún religioso ha estado trabajando fuera de la provincia, al menos durante diez años, por diversas causas (como apostolado, cargos en la Orden, etc.), lo señala­ mos en la nota de pie de página. El caso más frecuente en nuestra provincia es el de los religiosos que fueron a misiones. Inicialmente a las Islas Filipinas, Islas Carolinas, Guajira (Colombia), Chile y Ecuador. Posteriormente a Venezuela, Puerto Rico y Cuba. En las notas de pie de página se recogen los siguientes datos: la fecha de partida, que, en la mayoría de los casos, es la que aparece en Analecta OFMCap, la nación que ha sido el primer lugar de destino y la fecha de retomo a la provincia, si ha tenido lugar. También incluimos en las notas otros datos, especialmente lo relacionado con el tiempo de pertenencia de los religiosos a la provincia de Castilla. Esto se refiere de un modo particular a muchos religiosos que, en los comienzos de la «restauración», pasa­ ron luego a otras provincias de España, sin que las fuentes nos den fecha alguna de tal tránsito. En estos casos indicamos el último documento en que aparecen los religiosos en la provincia de origen (Schematismus, Estadística, Tablas, etc.) y el primero en que los encontramos en la provincia de destino. Al romperse la relación jurídica con la provincia de Castilla dejamos de consignar las fechas siguientes de su vida religiosa (profesión perpetua, ordenación, etc.), que habrán de ser buscadas en los nuevos luga­ res de pertenencia. Para evitar que estas notas se convirtieran innecesariamente en largas, prolijas o repetitivas, no citamos una y otra vez las mismas fuentes incluidas en la bibliografía. Un breve apéndice de esta parte contiene los nombres de los religiosos que, si bien aparecen en algunas estadísticas de la provincia, es dudosa su pertenencia a Casti­ lla, teniendo en cuenta las indicaciones de otras fuentes. El cuadro sinóptico y estadístico de la provincia de Castilla desde 1889 hasta 1914 y sus gráficos ofrecen una interesante visión de su desarrollo y perspectivas de futuro. No comentamos, de momento, los gráficos, porque ello exigiría un estudio en el que habrían de tenerse en cuenta varias circunstancias. En primer lugar la evolución social, política y demográfica de España en general. Luego la situación y los cambios sufridos por los territorios que abastecieron sucesivamente de vocaciones a la provincia. Final­ mente, la vida de la misma provincia que, además de sufrir los cambios generales operados en la Iglesia, contribuyó notablemente con su gobierno, estructuras, aposto­ lados, régimen interno, etc., a dirigir su propia evolución. 10

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