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(~4) .,,do que ha causado su infundada im– "pugnacion , y que en lo succesivo se ,,espera no influirán de ningun modo ,,directa ó indirectamente á indisponer, ,,é impedir los buenos efectos que se ~esperan ·del mencionado Establecimien~ "to : en cuyo defecto estará ·v. Rma. ,.,á la mira para trasladarlos á otro Con- ... ,,vento , y providenciar lo demas que ,,convenga á los mencionados fines. ,,Dios guarde á V. Rma. muchos años~ ,,Madrid y Octubre 17 de 1795. Sil~ ,,vestre Collar. = Rmo. P. Provincial ,,de Capuchinos de . Andalucía~" . . _ Esta es la última resolucion del ' Supremo Consejo delndias , tan satis,. factoria y decisiva como siempre Ja es– perábamos ; pero mientras llegaba el caso de que baxase , aunque conocía– mos y penetrábamos muy á fondo, que _ todas las oposiciones de nuestros ad– versarios eran verdaderamente saetas de

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