BCCSEV000XVIII-c-1369-030000
46 nlga a 1ñornr eh la 'Provinéia sea con licencia de N. P. Rmo. obtenido antes el consentimiento de . M. R. P. Pro– Yincial , y el asenso de la mayor parte del Disc1 etorio. CAPITULO XXXII. _ DE LA PRECEDENCIA. . ., E ST E es el orden de preceden• cía, que ha de observarse entre los mo.. radares del Seminario. Despues del Pre- 1· Bula 0 • 2 S lado tendra su asiento el Comisario ::tduaJ de las Misiones , luego , el que ha sido , o exercitado dicha comision tres años completos ; a este siguen los que por otros tre han sido Guardianes !!,Bula 0 • 14 laudablemente. A estos sucederan los y 42. Discretos ehtre los que preced ra el mas antiguo de Abito , y en caso de i ualdad el mas anciano. Despues el Pa... dre Vt cario. Los que se ubrogan por muerte, o retiro de alrrun Discreto, e ientan d ,pues de los el 0 idos , guar– dando
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz